RESOLUCION No 2002007893 de 2002
19 de ABR
2002
“Por la
cual se adoptan unos conceptos y recomendaciones de la Sala Especializada de
Alimentos y Bebidas Alcohólicas”
EL
DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y
ALIMENTOS INVIMA
En uso de las facultades legales, especialmente las
conferidas en el numeral 11 del articulo 8 del Decreto 1290 de 1994, el
articulo 16 del Decreto 123 de 1.995 y el Decreto 000936 de 1.996.
CONSIDERANDO
Que es función legal del INVIMA
expedir los registros sanitarios de los productos establecidos en el articulo
245 de la Ley 100 de 1993, así como la renovación, modificación y cancelación
de los mismos, el control y vigilancia conforme a las reglamentaciones vigentes
sobre la materia.
Que conforme al articulo 16 del
Decreto 123 de enero 13 de 1.995, la Comisión Revisora es un Órgano de Asesoria
del INVIMA y su composición y funciones se señalan en el Decreto 000936 del 27
de Mayo de 1.996.
Que de acuerdo con el Decreto
000936, la Comisión Revisora esta conformada por Salas; sus conceptos,
decisiones o recomendaciones, se emiten por escrito, consignados en actas al
finalizar las respectivas sesiones.
Que en materia de regulación
administrativa, se considera que los conceptos y opiniones que emiten los
Órganos Asesores de la Administración no son actos administrativos y en el
ejercicio de sus funciones, se convierten en decisiones obligatorias, oponibles
a los particulares, a través de actos administrativos, manifestación de
voluntad de un ente de derecho, susceptible de producir efectos jurídicos.
Por lo anterior, el INVIMA, frente
a las decisiones o recomendaciones de las Salas Especializadas de Comisión
Revisora, decidirá cuales de estas adoptara, a través de actos administrativos
expedidos por el Director General.
Que en merito de lo expuesto, la
Dirección General,
RESUELVE
ARTICULO PRIMERO-. Adoptar todos los conceptos
y recomendaciones de la Sala Especializada de Alimentos y Bebidas Alcohólicas,
en los asuntos tratados en la sesión celebrada el 7 de Marzo de 200, tal y como
consta en el Acta Numero 02 de 2002.
ARTICULO SEGUNDO-. El
Secretario Ejecutivo de la Sala Especializada de Alimentos y Bebidas
Alcohólicas de la Comisión Revisora, expedirá una certificación que debe contener
los conceptos y recomendaciones emitidos por esta Sala, correspondientes a los
numerales del acta No 02 aquí adoptados, para que hagan parte de la presente
Resolución.
ARTICULO TERCERO.- La presente Resolución, rige a partir de la
fecha de su expedición.
COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Dada en Bogotá, D.C, alos
19 de abril de 2002
CAMILO URIBE GRANJA
Director General INVIMA