RESOLUCION NUMERO 001419 DE 2005
(mayo 25)
Por la cual
se deroga el artículo 88 de la Resolución número11488 de 1984
El Ministro de la Protección
Social, en ejercicio de sus facultades legales, en especial, las conferidas por
la Ley 9 de 1979, el Decreto 2106 de 1983 y el artículo 2° del Decreto 205 de
2003, y
CONSIDERANDO:
Que las investigaciones
toxicológicas y evidencias científicas encontradas actualmente por diferentes
organismos especializados, han demostrado que la sacarina y sus sales de calcio,
potasio y sodio como edulcorante de alimentos y bebidas, no son perjudiciales
para la salud de los consumidores;
Que el artículo 47 del Decreto 205
de 2003 establece que todas las referencias legales de los Ministerios de
Trabajo y Segurid ad Social y de Salud que se encuentran vigentes, deben
entenderse referidas al Ministerio de la Protección Social;
Que en mérito de lo expuesto, este
Despacho,
RESUELVE:
Artículo 1°. Derogar el artículo
88 de la Resolución número 11488 de 1984.
Artículo 2°. Vigencia. La
presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las
disposiciones que le sean contrarias, en especial el artículo 88 de la
Resolución número11488 de 1984.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 25 de
mayo de 2005.
El Ministro de la Protección
Social,
Diego
Palacio Betancourt.
(C.F.)