Alimento fraudulento - Alimento en polvo a base de proteína de soya, marca Megacolágeno-V
Producto
| Producto | Registro sanitario | Titular | Lote / Serial |
|---|---|---|---|
| Alimento fraudulento - Alimento en polvo a base de proteína de soya, marca Megacolágeno-V | — | — | — |
Descripción del caso
Descripción del caso
El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos – Invima, informa sobre la comercialización fraudulenta del producto “alimento en polvo a base de soya marca MEGACOLÁGENO-V”, el cual se encuentra utilizando sin autorización del LABORATORIO PHARMACIENCIA SAS, el permiso sanitario PSA-000501-2016 otorgado por el Invima al establecimiento.
Vale la pena aclarar que el permiso sanitario PSA-000501-2016 se encuentra vigente hasta el 15/09/2023 en la modalidad de fabricar y vender, titular LABORATORIO PHARMACIENCIA SAS.
De acuerdo con la normatividad sanitaria vigente, el producto “alimento en polvo a base de soya marca MEGACOLÁGENO-V”, es un producto fraudulento, denunciado en Colombia y su comercialización es ilegal.
El Invima solicita a los ciudadanos abstenerse de difundir información que no provenga de fuentes oficiales y confiables, igualmente los invita a consultar de manera permanente su página web, https://www.invima.gov.co, medio donde se comunica información relacionada con productos que puedan afectar la salud de los colombianos.
Si desea obtener mayor información comuníquese con el Invima a:
Para mayor información comuníquese con la entidad a la línea telefónica en Bogotá (57) (1) 7422121 ext. 4500 o al correo electrónico: alertasalimentos@invima.gov.co
Medidas
Medidas para la comunidad en general
Medidas para la comunidad en general
1. Se recomienda a los consumidores que hayan comprado el producto, suspender su consumo ya que se desconoce su inocuidad.
2. Informe de manera inmediata al Invima, o a las Entidades Territoriales de Salud, si tiene conocimiento de lugares donde se elabore, distribuya o comercialice el producto mencionado.
Medidas para las secretarías de salud departamentales, distritales y municipales
Medidas para secretarías de salud departamentales, distritales y municipales
1. Realizar las actividades de inspección, vigilancia y control en los establecimientos de su competencia, donde potencialmente puedan comercializar este producto y tomar las medidas sanitarias a que haya lugar.
2. Informar al Invima en caso de hallar este producto.
3. Verificar el cumplimiento de lo solicitado en el presente comunicado.