La inspección, vigilancia y control de la producción y procesamiento de alimentos es competencia exclusiva del Invima de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la ley 1122 de 2007.
Un aditivo alimentario es cualquier sustancia que como tal no se consume normalmente como alimento, ni se usa como ingrediente básico en alimentos, tenga o no valor nutritivo, y cuya adición intencional al alimento con fines tecnológicos, incluidos los organolépticos, en sus fases de fabricación, elaboración, preparación, tratamiento, envasado, transporte, empaquetado o almacenamiento, resulte o pueda preverse razonablemente que resulte, directa o indirectamente, por sí o sus subproductos, en un componente del alimento o un elemento que afecte sus características. Esta definición no incluye los contaminantes ni las sustancias añadidas al alimento para mantener o mejorar las cualidades nutricionales. Artículo 3°, Resolución 2606 de 2009.
Los aditivos permitidos para su uso en alimentos son aquellos que se encuentran en la reglamentación sanitaria vigente para tal fin, los cuales se permitirán de acuerdo a las especificaciones que se tengan en el reglamento nacional según el tipo de alimento.
Para aquellos aditivos que no se encuentren incluidos dentro de la reglamentación sanitaria vigente se deberá tener en cuenta lo establecido en el Acta 5 de 2016 de la SEAB y la “Guía para realizar el estudio de la documentación presentada para evaluación de aditivos; coadyuvantes y saborizantes, no contemplados en la reglamentación sanitaria”, para su respectiva autorización.
Para la autorización de aditivos se deberá tener en cuenta: “Guía para realizar el estudio de la documentación presentada para evaluación de aditivos; coadyuvantes y saborizantes, no contemplados en la reglamentación sanitaria”.
- Resolución 1506 de 2011 - Por medio de la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos de rotulado o etiquetado que deben cumplir los aditivos que se emplean para la elaboración de alimentos para consumo
- Resolución 2606 de 2009 - Por la cual se establece el Reglamento Técnico sobre los requisitos que deben cumplirlos aditivos alimentarios que se fabriquen, procesen, envasen, almacenen, transporten, expendan, importen, exporten, comercialicen y se empleen en la elaboración de alimentos para consumo humano en el territorio nacional
- Resolución 1528 de 2002 - Por la cual se adopta una medida de carácter sanitario
- Resolución 4126 de 1991 - Por la cual se reglamenta el Título V Alimentos, de la Ley 09 de 1979, en lo concerniente a los ACILDULANTES, ALCALINIZANTES, REGULADORES de pH o de la ACIDEZ utilizados en los alimentos
- Resolución 4125 de 1991 - Por la cual se reglamenta el Título V Alimentos, de la Ley 09 de 1979, en lo concerniente a los CONSERVANTES utilizados en alimentos
- Resolución 4124 de 1991 - Por el cual se modifica el parágrafo del artículo 8o del Decreto 3770 de 2004
- Resolución 1618 de 1991 - Por la cual se modifica la resolución 11488 de 1984 en cuanto hace relación al Aspartame como edulcorante artificial
- Resolución 14985 de 1988 - Por la cual se autoriza el uso de unas enzimas y de la Pimarjcina en Productos Cárnicos
- Resolución 13402 de 1985 - Por la cual se adiciona la Resolución No. 10593 de 16 de julio de 1985, que regula el uso de Colorantes en los alimentos para consumo humano
- Resolución 10593 de 1985 - Colorantes
- Decreto 2106 de 1983 - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979 en lo referente a identidad, clasificación, uso, procesamiento, importación, transporte y comercialización de aditivos para alimentos
- International Organization of the Flavor Industry –IOFI, IOFI Global Reference List (GRL).
- Norma Codex Stan 192 – 1995
¿Qué es un aditivo alimentario?
Un aditivo alimentario es cualquier sustancia que como tal no se consume normalmente como alimento, ni se usa como ingrediente básico en alimentos, tenga o no valor nutritivo, y cuya adición intencional al alimento con fines tecnológicos, incluidos los organolépticos, en sus fases de fabricación, elaboración, preparación, tratamiento, envasado, transporte, empaquetado o almacenamiento, resulte o pueda preverse razonablemente que resulte, directa o indirectamente, por sí o sus subproductos, en un componente del alimento o un elemento que afecte sus características. Esta definición no incluye los contaminantes ni las sustancias añadidas al alimento para mantener o mejorar las cualidades nutricionales. Artículo 3°, Resolución 2606 de 2009.
¿Es seguro el uso de aditivos alimentarios?
Los aditivos son sustancias utilizadas por la industria alimentaria, seguras siempre que se cumplan las Dosis Máximas de Uso (DMU) establecidas en la reglamentación sanitaria y que se encuentran en los alimentos cumpliendo diferentes funciones tecnológicas tales como: conservantes, antioxidantes, saborizantes, colorantes, estabilizantes, entre otras. Estos deben ser informados a los consumidores a través del rotulado de los alimentos y su manejo adecuado no representa ningún riesgo para la salud de la comunidad en general.
¿Cuál es el proceso de autorización para un nuevo aditivo?
Para aquellos aditivos que no se encuentren incluidos dentro de la reglamentación sanitaria vigente se deberá tener en cuenta lo establecido en el Acta 05 del 2016 de la SEAB y la GUÍA PARA REALIZAR EL ESTUDIO DE LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA PARA EVALUACIÓN DE ADITIVOS; COADYUVANTES Y SABORIZANTES, NO CONTEMPLADOS EN LA REGLAMENTACIÓN SANITARIA, para su respectiva autorización:
- Se considera viable el uso de aditivos, que se: fabriquen procesen, envasen, almacenen, transporten, expendan, importen, comercialicen en el territorio nacional; que si bien no se encuentran en la reglamentación sanitaria vigente, si se encuentran autorizados en la Norma General de Aditivos Alimentario – NGAA, Codex Stan 192-1995, sus respectivas, enmiendas, actualizaciones y versión online, publicadas por el Codex.
- Si el aditivo no se encuentra en la reglamentación sanitaria vigente, ni en el Codex Alimentarius, se considerará procedente el uso de aquellos que se encuentren autorizados por la FDA y la Unión Europea, solo con la misma: DMU; Clase Funcional y para la misma categoría y/o subcategoría de alimentos, del SCA de la NGAA.
- Para los casos de aditivos nuevos (que no se encuentran autorizados en la reglamentación sanitaria ni en la Norma Codex Stan 192-1995 , así como aquellos que no cumplen con ninguno de los requisitos anteriores), se deberá presentar ante la Sala Especializada de Alimentos y Bebidas – SEAB, la respectiva solicitud de evaluación, que para tal fin se encuentra indicada en el numeral 8.1 de la guía para realizar el estudio de la documentación presentada para evaluación de aditivos; coadyuvantes y saborizantes, no contemplados en la reglamentación sanitaria.
- En cuanto al uso de coadyuvantes de elaboración, de manera general se tendrán en cuenta, los mismos preceptos desarrollados en este documento, considerándose como permitidos aquellos que se encuentren listados en la base de datos del Codex Alimentarius sobre Coadyuvantes de Elaboración.
Para los saborizantes / aromatizantes, se considera viable el uso de las sustancias listados por JECFA o IOFI.
Para la autorización de aditivos se deberá tener en cuenta: “Guía para realizar el estudio de la documentación presentada para evaluación de aditivos; coadyuvantes y saborizantes, no contemplados en la reglamentación sanitaria”.
- Resolución 1506 de 2011 - Por medio de la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos de rotulado o etiquetado que deben cumplir los aditivos que se emplean para la elaboración de alimentos para consumo
- Resolución 2606 de 2009 - Por la cual se establece el Reglamento Técnico sobre los requisitos que deben cumplirlos aditivos alimentarios que se fabriquen, procesen, envasen, almacenen, transporten, expendan, importen, exporten, comercialicen y se empleen en la elaboración de alimentos para consumo humano en el territorio nacional
- Resolución 1528 de 2002 - Por la cual se adopta una medida de carácter sanitario
- Resolución 4126 de 1991 - Por la cual se reglamenta el Título V Alimentos, de la Ley 09 de 1979, en lo concerniente a los ACILDULANTES, ALCALINIZANTES, REGULADORES de pH o de la ACIDEZ utilizados en los alimentos
- Resolución 4125 de 1991 - Por la cual se reglamenta el Título V Alimentos, de la Ley 09 de 1979, en lo concerniente a los CONSERVANTES utilizados en alimentos
- Resolución 4124 de 1991 - Por el cual se modifica el parágrafo del artículo 8o del Decreto 3770 de 2004
- Resolución 1618 de 1991 - Por la cual se modifica la resolución 11488 de 1984 en cuanto hace relación al Aspartame como edulcorante artificial
- Resolución 14985 de 1988 - Por la cual se autoriza el uso de unas enzimas y de la Pimarjcina en Productos Cárnicos
- Resolución 13402 de 1985 - Por la cual se adiciona la Resolución No. 10593 de 16 de julio de 1985, que regula el uso de Colorantes en los alimentos para consumo humano
- Resolución 10593 de 1985 - Colorantes
- Decreto 2106 de 1983 - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979 en lo referente a identidad, clasificación, uso, procesamiento, importación, transporte y comercialización de aditivos para alimentos
- International Organization of the Flavor Industry –IOFI, IOFI Global Reference List (GRL).
- Norma Codex Stan 192 – 1995
¿Qué es un aditivo alimentario?
Un aditivo alimentario es cualquier sustancia que como tal no se consume normalmente como alimento, ni se usa como ingrediente básico en alimentos, tenga o no valor nutritivo, y cuya adición intencional al alimento con fines tecnológicos, incluidos los organolépticos, en sus fases de fabricación, elaboración, preparación, tratamiento, envasado, transporte, empaquetado o almacenamiento, resulte o pueda preverse razonablemente que resulte, directa o indirectamente, por sí o sus subproductos, en un componente del alimento o un elemento que afecte sus características. Esta definición no incluye los contaminantes ni las sustancias añadidas al alimento para mantener o mejorar las cualidades nutricionales. Artículo 3°, Resolución 2606 de 2009.
¿Es seguro el uso de aditivos alimentarios?
Los aditivos son sustancias utilizadas por la industria alimentaria, seguras siempre que se cumplan las Dosis Máximas de Uso (DMU) establecidas en la reglamentación sanitaria y que se encuentran en los alimentos cumpliendo diferentes funciones tecnológicas tales como: conservantes, antioxidantes, saborizantes, colorantes, estabilizantes, entre otras. Estos deben ser informados a los consumidores a través del rotulado de los alimentos y su manejo adecuado no representa ningún riesgo para la salud de la comunidad en general.
¿Cuál es el proceso de autorización para un nuevo aditivo?
Para aquellos aditivos que no se encuentren incluidos dentro de la reglamentación sanitaria vigente se deberá tener en cuenta lo establecido en el Acta 05 del 2016 de la SEAB y la GUÍA PARA REALIZAR EL ESTUDIO DE LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA PARA EVALUACIÓN DE ADITIVOS; COADYUVANTES Y SABORIZANTES, NO CONTEMPLADOS EN LA REGLAMENTACIÓN SANITARIA, para su respectiva autorización:
- Se considera viable el uso de aditivos, que se: fabriquen procesen, envasen, almacenen, transporten, expendan, importen, comercialicen en el territorio nacional; que si bien no se encuentran en la reglamentación sanitaria vigente, si se encuentran autorizados en la Norma General de Aditivos Alimentario – NGAA, Codex Stan 192-1995, sus respectivas, enmiendas, actualizaciones y versión online, publicadas por el Codex.
- Si el aditivo no se encuentra en la reglamentación sanitaria vigente, ni en el Codex Alimentarius, se considerará procedente el uso de aquellos que se encuentren autorizados por la FDA y la Unión Europea, solo con la misma: DMU; Clase Funcional y para la misma categoría y/o subcategoría de alimentos, del SCA de la NGAA.
- Para los casos de aditivos nuevos (que no se encuentran autorizados en la reglamentación sanitaria ni en la Norma Codex Stan 192-1995 , así como aquellos que no cumplen con ninguno de los requisitos anteriores), se deberá presentar ante la Sala Especializada de Alimentos y Bebidas – SEAB, la respectiva solicitud de evaluación, que para tal fin se encuentra indicada en el numeral 8.1 de la guía para realizar el estudio de la documentación presentada para evaluación de aditivos; coadyuvantes y saborizantes, no contemplados en la reglamentación sanitaria.
- En cuanto al uso de coadyuvantes de elaboración, de manera general se tendrán en cuenta, los mismos preceptos desarrollados en este documento, considerándose como permitidos aquellos que se encuentren listados en la base de datos del Codex Alimentarius sobre Coadyuvantes de Elaboración.
Para los saborizantes / aromatizantes, se considera viable el uso de las sustancias listados por JECFA o IOFI.
Un incentivo es un objeto, elemento, componente o pieza, ajeno al alimento pero en contacto directo con éste, incluidos los adhesivos, láminas, stickers, sistemas de impresión, marcado o grabado en la superficie interna del empaque, que tenga por finalidad promover o inducir la adquisición del producto alimenticio.
El uso de incentivos promocionales requiere ser previamente autorizado por el Instituto Nacional de Vigilancia de Alimentos y Medicamentos- Invima.
- Guía para la solicitud de incentivos promocionales para contacto con alimentos (ASS-RSA-GU060)
- Formulario para la solicitud de autorizaciones relacionadas con materiales, objetos, envases y equipaminetos destinados al contacto con alimentos (ASS-AYC-FM057)
- Lista de verificación documental para la autorización de incentivos promocionales para contacto con alimentos (ASS-RSA-FM131)
- Formulario para la solicitud de autorizaciones relacionadas con materiales, objetos y equipamientos destinados al contacto con alimentos y bebidas.
- ABC Incentivos promocionales en alimentos
- Resolución 2014022808 de 2014 - Anexo I - Anexo II - Por la cual se establecen los ensayos de migración y verificación del cumplimiento de los límites de migración total y específica reglamentados en resoluciones 4142 y 4143 de 2012.
- Resolución 683 de 2012 - Por medio de la cual se expide el Reglamento Técnico sobre los requisitos sanitarios que deben cumplir los materiales, objetos, envases y equipamientos destinados a entrar en contacto con alimentos y bebidas para consumo humano.
- Resolución 4142 de 2012 - Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que deben cumplir los materiales, objetos, envases y equipamientos metálicos destinados a entrar en contacto con alimentos “y bebidas para consumo humano en el territorio nacional.
- Resolución 4143 de 2012 - Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que deben cumplir los materiales, objetos, envases y equipamientos plásticos y elastoméricos y sus aditivos, destinados a entrar en contacto con alimentos y bebidas para consumo humano en el territorio nacional.
- Resolución 834 de 2013 - Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que deben cumplir los materiales, objetos, envases y equipamientos celulósicos y sus aditivos, destinados a entrar en contacto con alimentos y bebidas para consumo humano.
- Resolución 835 de 2013 - Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que deben cumplir los materiales, objetos, envases y equipamientos de vidrios y cerámicas destinados a estar en contacto con alimentos y bebidas para el consumo humano.
- Resolución 1893 de 2001 - Por la cual se establece el régimen sanitario para la utilización de incentivos en contacto con el alimento en los productos alimenticios.
¿Qué es un incentivo promocional?
Un incentivo es un objeto, elemento, componente o pieza, ajeno al alimento pero en contacto directo con éste, incluidos los adhesivos, láminas, stickers, sistemas de impresión, marcado o grabado en la superficie interna del empaque, que tenga por finalidad promover o inducir la adquisición del producto alimenticio.
¿Los incentivos promocionales requieren autorización del Invima?
Sí, los interesados en utilizar los incentivos promocionales deberán solicitar ante el Invima la autorización. Esto debe realizarse antes de la comercialización del alimento con el incentivo.
¿Qué requisitos deben cumplir los incentivos?
El incentivo deberá estar protegido por una envoltura o empaque de material apto que garantice la inocuidad del alimento. No es necesario usar envoltura cuando se utilice el sistema de marcado, grabado o impresión en la superficie interna del empaque o se trate de adhesivos, stickers, calcomanías, adheridos a dicha superficie, siempre y cuando no representen riesgo de ingestión ni afecten la inocuidad del alimento.
El incentivo y el empaque que lo contiene incluyendo adhesivos, láminas o sistemas de impresión, marcado o grabado, deberán ser elaborados con materiales, tintas, lacas y sustancias atóxicas.
¿Cuál es la vigencia de la autorización de un incentivo promocional?
La vigencia de la autorización para la utilización del incentivo la establece el interesado de acuerdo a sus necesidades de actividades promocionales y de mercadeo y debe ser claramente mencionada en la solicitud.
¿Quien debe presentar la solicitud de autorización?
La solicitud debe ser presentada por el fabricante en Colombia o por el importador en caso de que los alimentos sea fabricados en el exterior, que tiene interés en utilizar el incentivo promocional en sus productos.
- Guía para la solicitud de incentivos promocionales para contacto con alimentos (ASS-RSA-GU060)
- Formulario para la solicitud de autorizaciones relacionadas con materiales, objetos, envases y equipaminetos destinados al contacto con alimentos (ASS-AYC-FM057)
- Lista de verificación documental para la autorización de incentivos promocionales para contacto con alimentos (ASS-RSA-FM131)
- Formulario para la solicitud de autorizaciones relacionadas con materiales, objetos y equipamientos destinados al contacto con alimentos y bebidas.
- ABC Incentivos promocionales en alimentos
- Resolución 2014022808 de 2014 - Anexo I - Anexo II - Por la cual se establecen los ensayos de migración y verificación del cumplimiento de los límites de migración total y específica reglamentados en resoluciones 4142 y 4143 de 2012.
- Resolución 683 de 2012 - Por medio de la cual se expide el Reglamento Técnico sobre los requisitos sanitarios que deben cumplir los materiales, objetos, envases y equipamientos destinados a entrar en contacto con alimentos y bebidas para consumo humano.
- Resolución 4142 de 2012 - Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que deben cumplir los materiales, objetos, envases y equipamientos metálicos destinados a entrar en contacto con alimentos “y bebidas para consumo humano en el territorio nacional.
- Resolución 4143 de 2012 - Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que deben cumplir los materiales, objetos, envases y equipamientos plásticos y elastoméricos y sus aditivos, destinados a entrar en contacto con alimentos y bebidas para consumo humano en el territorio nacional.
- Resolución 834 de 2013 - Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que deben cumplir los materiales, objetos, envases y equipamientos celulósicos y sus aditivos, destinados a entrar en contacto con alimentos y bebidas para consumo humano.
- Resolución 835 de 2013 - Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que deben cumplir los materiales, objetos, envases y equipamientos de vidrios y cerámicas destinados a estar en contacto con alimentos y bebidas para el consumo humano.
- Resolución 1893 de 2001 - Por la cual se establece el régimen sanitario para la utilización de incentivos en contacto con el alimento en los productos alimenticios.
¿Qué es un incentivo promocional?
Un incentivo es un objeto, elemento, componente o pieza, ajeno al alimento pero en contacto directo con éste, incluidos los adhesivos, láminas, stickers, sistemas de impresión, marcado o grabado en la superficie interna del empaque, que tenga por finalidad promover o inducir la adquisición del producto alimenticio.
¿Los incentivos promocionales requieren autorización del Invima?
Sí, los interesados en utilizar los incentivos promocionales deberán solicitar ante el Invima la autorización. Esto debe realizarse antes de la comercialización del alimento con el incentivo.
¿Qué requisitos deben cumplir los incentivos?
El incentivo deberá estar protegido por una envoltura o empaque de material apto que garantice la inocuidad del alimento. No es necesario usar envoltura cuando se utilice el sistema de marcado, grabado o impresión en la superficie interna del empaque o se trate de adhesivos, stickers, calcomanías, adheridos a dicha superficie, siempre y cuando no representen riesgo de ingestión ni afecten la inocuidad del alimento.
El incentivo y el empaque que lo contiene incluyendo adhesivos, láminas o sistemas de impresión, marcado o grabado, deberán ser elaborados con materiales, tintas, lacas y sustancias atóxicas.
¿Cuál es la vigencia de la autorización de un incentivo promocional?
La vigencia de la autorización para la utilización del incentivo la establece el interesado de acuerdo a sus necesidades de actividades promocionales y de mercadeo y debe ser claramente mencionada en la solicitud.
¿Quien debe presentar la solicitud de autorización?
La solicitud debe ser presentada por el fabricante en Colombia o por el importador en caso de que los alimentos sea fabricados en el exterior, que tiene interés en utilizar el incentivo promocional en sus productos.
Cualquier organismo vivo que posea una combinación nueva de material genético, que se haya obtenido mediante la aplicación de la tecnología de ADN Recombinante, sus desarrollos o avances; así como sus partes, derivados o productos que los contengan, con capacidad de reproducirse o de transmitir información genética. Se incluyen dentro de este concepto los Organismos Vivos Modificados, OVM, a que se refiere el Protocolo de Cartagena sobre Seguridad en la Biotecnología.
Toda la información requerida para radicar una solicitud de autorización de un evento OGM debe ser puede ser consultada en el siguiente link:
- Formato único de autorización o cesión de uso exclusivo en alimentación y salud humana de organismos vivos modificados (ASS-RSA-FM114)
- Circular Externa 4000-3988-19 - Inspección sanitaria de alimentos y materias primas cond eclaraciones "Libres de OGM", "No contiene OGM", "No transgénicos", "Non GMO" o similares.
- Circular Externa 4000-1071-18 - Alimentos con declaraciones NON GMO verified y USDA process verified NONGE/GMO
Para ver el contenido dar clic aquí.
Consultas Públicas de Solicitudes de Autorización de OGM para uso en salud o alimentación humana exclusivamente ante el CTN salud. Cualquier comentario enviar un correo electrónico a ogmautorizaciones@invima.gov.co citando el documento a comentar.
¿Qué es un evento individual OGM?
Es la incorporación genética en el genoma de un organismo de un gen o secuencia de ADN, para la obtención de una característica(s) definida.
¿Qué es un evento apilado OGM?
Corresponde a aquellos eventos obtenidos por transformación genética de un parental en el que son insertados diferentes genes (apilado molecular), o mediante el cruzamiento convencional entre diferentes parentales genéticamente modificados (apilado convencional). En este último caso, el apilado por cruzamiento convencional no involucra un nuevo proceso de transformación y tampoco inserta DNA recombinante adicional en el genoma del organismo receptor.
¿Qué es el CTN Salud?
Es el acrónimo para el Comité Técnico Nacional de Bioseguridad para OVM con uso en salud o alimentación humana exclusivamente.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar la autorización de un evento individual o apilado?
- Carta de solicitud con firma de representante legal o apoderado, en la que se especifique el uso que se le dará al OVM (alimento, materia prima, o ambos).
- Formato único de autorización o cesión de uso exclusivo en alimentación y salud humana de organismos vivos modificados (ASS-RSA-FM114)
- Recibo de pago de la tarifa
- Dossier de información técnica incluyendo anexos II y III del Protocolo de Cartagena
- Documento de gestión del riesgo
- Carta de compromiso de entrega de material del OGM sobre el cual se solicita la autorización.
Para los interesados en solicitar un evento apilado, deberán cerciorarse de tener todos los eventos individuales debidamente autorizados, y contar con el respectivo acto administrativo vigente expedido por parte del Ministerio de Salud y Protección Social o el Invima.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar la autorización de OGM en investigación en medio confinado?
Para este tipo de tramites, realizar consulta previa al correo: ogmautorizaciones@invima.gov.co, en donde se le indicará el proceso a seguir dependiendo de las características particulares de la solicitud.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar una autorización de un evento OGM "Off Patent"?
- Carta de solicitud con firma de representante legal o apoderado, en la que se especifique el uso que se le dará al OVM (alimento, materia prima, o ambos).
- Formato único de autorización o cesión de uso exclusivo en alimentación y salud humana de organismos vivos modificados (ASS-RSA-FM114)
- Recibo de pago de la tarifaDossier Técnico de Información que debe incluir:
Dossier de información técnica incluyendo: - Caracterización molecular que demuestre que el evento es efectivamente un ""off patent""
Toda la información molecular relacionada a la construcción y desarrollo del evento (donador, receptor, constructos, metodologías empleadas, estabilidad genética y cualquier otra información relevante) - Estudios composicionales y nutricionales que puedan demostrar que no existen diferencias significativas a nivel nutricional entre el “Off-patent” y su contraparte convencional
- Estudios bioinformáticos de alergenicidad y toxicidad
- Documento de gestión del riesgo
- Cualquier otra información científica que se considere relevante
- Recibo de pago de la tarifaDossier Técnico de Información que debe incluir:
Los requisitos acá expuestos están plasmados en el acta 1 del CTNSalud 2020.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar una modificación y/o cesión de un evento OGM?
- Documento y/o certificado en el que conste la cesión o transferencia de registro, permiso o notificación, según corresponda
- Formato único de autorización o cesión de uso exclusivo en alimentación y salud humana de organismos vivos modificados (ASS-RSA-FM114)
- Recibo de pago de la tarifa
- Poder debidamente diligenciado (si aplica)
Toda la información requerida para radicar una solicitud de autorización de un evento OGM debe ser puede ser consultada en el siguiente link:
- Formato único de autorización o cesión de uso exclusivo en alimentación y salud humana de organismos vivos modificados (ASS-RSA-FM114)
- Circular Externa 4000-3988-19 - Inspección sanitaria de alimentos y materias primas cond eclaraciones "Libres de OGM", "No contiene OGM", "No transgénicos", "Non GMO" o similares.
- Circular Externa 4000-1071-18 - Alimentos con declaraciones NON GMO verified y USDA process verified NONGE/GMO
Para ver el contenido dar clic aquí.
Consultas Públicas de Solicitudes de Autorización de OGM para uso en salud o alimentación humana exclusivamente ante el CTN salud. Cualquier comentario enviar un correo electrónico a ogmautorizaciones@invima.gov.co citando el documento a comentar.
¿Qué es un evento individual OGM?
Es la incorporación genética en el genoma de un organismo de un gen o secuencia de ADN, para la obtención de una característica(s) definida.
¿Qué es un evento apilado OGM?
Corresponde a aquellos eventos obtenidos por transformación genética de un parental en el que son insertados diferentes genes (apilado molecular), o mediante el cruzamiento convencional entre diferentes parentales genéticamente modificados (apilado convencional). En este último caso, el apilado por cruzamiento convencional no involucra un nuevo proceso de transformación y tampoco inserta DNA recombinante adicional en el genoma del organismo receptor.
¿Qué es el CTN Salud?
Es el acrónimo para el Comité Técnico Nacional de Bioseguridad para OVM con uso en salud o alimentación humana exclusivamente.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar la autorización de un evento individual o apilado?
- Carta de solicitud con firma de representante legal o apoderado, en la que se especifique el uso que se le dará al OVM (alimento, materia prima, o ambos).
- Formato único de autorización o cesión de uso exclusivo en alimentación y salud humana de organismos vivos modificados (ASS-RSA-FM114)
- Recibo de pago de la tarifa
- Dossier de información técnica incluyendo anexos II y III del Protocolo de Cartagena
- Documento de gestión del riesgo
- Carta de compromiso de entrega de material del OGM sobre el cual se solicita la autorización.
Para los interesados en solicitar un evento apilado, deberán cerciorarse de tener todos los eventos individuales debidamente autorizados, y contar con el respectivo acto administrativo vigente expedido por parte del Ministerio de Salud y Protección Social o el Invima.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar la autorización de OGM en investigación en medio confinado?
Para este tipo de tramites, realizar consulta previa al correo: ogmautorizaciones@invima.gov.co, en donde se le indicará el proceso a seguir dependiendo de las características particulares de la solicitud.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar una autorización de un evento OGM "Off Patent"?
- Carta de solicitud con firma de representante legal o apoderado, en la que se especifique el uso que se le dará al OVM (alimento, materia prima, o ambos).
- Formato único de autorización o cesión de uso exclusivo en alimentación y salud humana de organismos vivos modificados (ASS-RSA-FM114)
- Recibo de pago de la tarifaDossier Técnico de Información que debe incluir:
Dossier de información técnica incluyendo: - Caracterización molecular que demuestre que el evento es efectivamente un ""off patent""
Toda la información molecular relacionada a la construcción y desarrollo del evento (donador, receptor, constructos, metodologías empleadas, estabilidad genética y cualquier otra información relevante) - Estudios composicionales y nutricionales que puedan demostrar que no existen diferencias significativas a nivel nutricional entre el “Off-patent” y su contraparte convencional
- Estudios bioinformáticos de alergenicidad y toxicidad
- Documento de gestión del riesgo
- Cualquier otra información científica que se considere relevante
- Recibo de pago de la tarifaDossier Técnico de Información que debe incluir:
Los requisitos acá expuestos están plasmados en el acta 1 del CTNSalud 2020.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar una modificación y/o cesión de un evento OGM?
- Documento y/o certificado en el que conste la cesión o transferencia de registro, permiso o notificación, según corresponda
- Formato único de autorización o cesión de uso exclusivo en alimentación y salud humana de organismos vivos modificados (ASS-RSA-FM114)
- Recibo de pago de la tarifa
- Poder debidamente diligenciado (si aplica)
El Invima promueve la aplicación de sistemas de aseguramiento de calidad e inocuidad entre sus vigilados, para tal fin ofrece los servicios de certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM), Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control (HACCP) y Buenas Prácticas de Fabricación ( BPF) para materiales, objetos, envases y equipamientos en contacto con alimentos.
A continuación encontrará los formatos que usted deberá utilizar para los trámites asociados con certificaciones de BPM, HACCP y BPF:
- Formato de Solicitud de Trámites (Visitas, Certificación y Certificados)
- Guía para la Solicitud de Autorización de Materiales, Objetos, Envases y Equipamientos Destinados a Entrar en Contacto con Alimentos y Bebidas para Consumo Humano, Fabricados con Materiales Reciclados ASS-RSA-GU064
- ASS-AYC-FM057 - Formulario Para La Solicitud De Autorizaciones Relacionadas Con Materiales, Objetos, Envases Y Equipamientos Destinados Al Contacto Con Alimentos Y Bebidas
- Guía para la Solicitud de Autorización de Material Plástico Reciclado para la Fabricación De Materiales, Objetos, Envases y Equipamientos Destinados a entrar en Contacto con Alimentos y Bebidas (ASS-AYC-GU003)
- Guía Para la Solicitud de Autorización de Nuevas Materias Primas para la Fabricación de Materiales, Objetos, Envases y Equipamientos Destinados a Entrar en Contacto con Alimentos y Bebidas (ASS-RSA-GU051)
- Guía para la solicitud de autorización de envases plásticos para reuso (uso repetido) para contacto con alimentos y bebidas (ASS-RSA-GU054)
- ASS-AYC-GU18 - Guía de buenas prácticas de fabricación (BPF) de materiales, objetos, envases y equipamientos destinados a entrar en contacto con alimentos y bebidas para consumo humano.
- Resolución 2674 de 2013 - Por la cual se reglamenta el artículo 126 del Decreto-ley 019 de 2012 y se dictan otras disposiciones.
- Resolución 468 de 2012 - Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que deben cumplir las motonaves o buques dedicados a la captura, congelamiento o procesamiento de productos de la pesca y sus derivados y el procedimiento para la certificación del Sistema de Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control (HACCP) en motonaves o buques pesqueros con destino a la Unión Europea.
- Resolución 683 de 2012 - Por medio de la cual se expide el Reglamento Técnico sobre los requisitos sanitarios que deben cumplir los materiales, objetos, envases y equipamientos destinados a entrar en contacto con alimentos y bebidas para consumo humano.
- Resolución 4143 de 2012 - Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que deben cumplir los materiales, objetos, envases y equipamientos plásticos y elastoméricos y sus aditivos, destinados a entrar en contacto con alimentos y bebidas para consumo humano en el territorio nacional.
- Decreto 60 de 2002 - Por el cual se promueve la aplicación del Sistema de Análisis de Peligros y Puntos de Control Crítico - HACCP en las fábricas de alimentos y se reglamenta el proceso de certificación.
- Ley 9 de 1979 - Por la cual se reglamenta el artículo 126 del Decreto-ley 019 de 2012 y se dictan otras disposiciones.
- Plantas de alimentos certificadas con BPM
- Plantas de alimentos certificadas con HACCP
- Plantas de productos de la pesca autorizadas para la exportación a la Unión Europea
- Establecimientos autorizados para fabricar material reciclado para contacto con alimentos
- Establecimientos de materiales, objetos y envases para contacto con alimentos certificados con BPF
- Plantas de bebidas alcohólicas certificadas con BPM
¿Cuál es la vigencia de una certificación en Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control (HACCP)?
De conformidad con lo establecido en el Decreto 60 de 2002, las certificaciones HACCP expedidas por el Invima tienen una vigencia de dos años. Durante esta vigencia se debe realizar una visita de seguimiento y control a la certificación.
¿Cuál es la vigencia de una certificación en Buenas Prácticas de Manufactura-BPM?
La certificación en Buenas Prácticas de Manufactura no tiene vigencia, sin embargo si durante las actividades de seguimiento y control se comprueba el incumplimiento de la normatividad sanitaria se procede a su cancelación y retiro.
¿Es obligatoria la certificación HACCP?
La certificación HACCP únicamente es obligatoria para las plantas interesadas en exportar productos de la pesca. Para las plantas higienizadoras de leche y pulverizadoras, así como los centros de acopio de leche y plantas procesadoras de aceites para consumo humano es obligatoria la implementación del sistema HACCP, pero no el trámite y obtención de la certificación respectiva. En este caso la obtención de la certificación HACCP es voluntaria.
A continuación encontrará los formatos que usted deberá utilizar para los trámites asociados con certificaciones de BPM, HACCP y BPF:
- Formato de Solicitud de Trámites (Visitas, Certificación y Certificados)
- Guía para la Solicitud de Autorización de Materiales, Objetos, Envases y Equipamientos Destinados a Entrar en Contacto con Alimentos y Bebidas para Consumo Humano, Fabricados con Materiales Reciclados ASS-RSA-GU064
- ASS-AYC-FM057 - Formulario Para La Solicitud De Autorizaciones Relacionadas Con Materiales, Objetos, Envases Y Equipamientos Destinados Al Contacto Con Alimentos Y Bebidas
- Guía para la Solicitud de Autorización de Material Plástico Reciclado para la Fabricación De Materiales, Objetos, Envases y Equipamientos Destinados a entrar en Contacto con Alimentos y Bebidas (ASS-AYC-GU003)
- Guía Para la Solicitud de Autorización de Nuevas Materias Primas para la Fabricación de Materiales, Objetos, Envases y Equipamientos Destinados a Entrar en Contacto con Alimentos y Bebidas (ASS-RSA-GU051)
- Guía para la solicitud de autorización de envases plásticos para reuso (uso repetido) para contacto con alimentos y bebidas (ASS-RSA-GU054)
- ASS-AYC-GU18 - Guía de buenas prácticas de fabricación (BPF) de materiales, objetos, envases y equipamientos destinados a entrar en contacto con alimentos y bebidas para consumo humano.
- Resolución 2674 de 2013 - Por la cual se reglamenta el artículo 126 del Decreto-ley 019 de 2012 y se dictan otras disposiciones.
- Resolución 468 de 2012 - Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que deben cumplir las motonaves o buques dedicados a la captura, congelamiento o procesamiento de productos de la pesca y sus derivados y el procedimiento para la certificación del Sistema de Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control (HACCP) en motonaves o buques pesqueros con destino a la Unión Europea.
- Resolución 683 de 2012 - Por medio de la cual se expide el Reglamento Técnico sobre los requisitos sanitarios que deben cumplir los materiales, objetos, envases y equipamientos destinados a entrar en contacto con alimentos y bebidas para consumo humano.
- Resolución 4143 de 2012 - Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que deben cumplir los materiales, objetos, envases y equipamientos plásticos y elastoméricos y sus aditivos, destinados a entrar en contacto con alimentos y bebidas para consumo humano en el territorio nacional.
- Decreto 60 de 2002 - Por el cual se promueve la aplicación del Sistema de Análisis de Peligros y Puntos de Control Crítico - HACCP en las fábricas de alimentos y se reglamenta el proceso de certificación.
- Ley 9 de 1979 - Por la cual se reglamenta el artículo 126 del Decreto-ley 019 de 2012 y se dictan otras disposiciones.
- Plantas de alimentos certificadas con BPM
- Plantas de alimentos certificadas con HACCP
- Plantas de productos de la pesca autorizadas para la exportación a la Unión Europea
- Establecimientos autorizados para fabricar material reciclado para contacto con alimentos
- Establecimientos de materiales, objetos y envases para contacto con alimentos certificados con BPF
- Plantas de bebidas alcohólicas certificadas con BPM
¿Cuál es la vigencia de una certificación en Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control (HACCP)?
De conformidad con lo establecido en el Decreto 60 de 2002, las certificaciones HACCP expedidas por el Invima tienen una vigencia de dos años. Durante esta vigencia se debe realizar una visita de seguimiento y control a la certificación.
¿Cuál es la vigencia de una certificación en Buenas Prácticas de Manufactura-BPM?
La certificación en Buenas Prácticas de Manufactura no tiene vigencia, sin embargo si durante las actividades de seguimiento y control se comprueba el incumplimiento de la normatividad sanitaria se procede a su cancelación y retiro.
¿Es obligatoria la certificación HACCP?
La certificación HACCP únicamente es obligatoria para las plantas interesadas en exportar productos de la pesca. Para las plantas higienizadoras de leche y pulverizadoras, así como los centros de acopio de leche y plantas procesadoras de aceites para consumo humano es obligatoria la implementación del sistema HACCP, pero no el trámite y obtención de la certificación respectiva. En este caso la obtención de la certificación HACCP es voluntaria.
- Salsa de tomate: Resolución 15790 de 1984
- Mostaza: Resolución 19021 de 1985
- Deportistas - Bebidas Hidratantes Energéticas para Deportistas: Decreto 2229 de 1994
- Bebidas Embriagantes: Resolución 982 de 1994 (Bebidas embriagantes más no alcohólicas)
- Bebida de bajo contenido alcohólico: Resolución 1082 de 1994 (Bebida de bajo contenido alcohólico)
- Alimentos de baja acidez: Resolución 2195 de 2010 (encurtidos - alimentos acidificados y baja acidez)
Es la etapa en la que previo cumplimiento de todos los requisitos establecidos en la normatividad sanitaria vigente, el Invima autoriza a una persona natural o jurídica la comercialización de un alimento o bebidas con destino al consumo humano, el uso de incentivos promocionales, aditivos alimentarios u organismos genéticamente modificados para ser utilizados en la industria alimenticia, así como las condiciones de fabricación y aseguramiento de calidad de alimentos y bebidas
Consulte los países a los cuales se puede exportar alimentos en la sección
El Artículo 37 de la Resolución 2674 de 2013, exime a los siguientes alimentos de obtener autorizaciones de comercialización:
- Los alimentos naturales que no sean sometidos a ningún proceso de transformación, tales como granos, frutas y hortalizas frescas, miel de abejas y otros productos apícolas.
- Los alimentos de origen animal crudos refrigerados o congelados que no hayan sido sometidos a ningún proceso de transformación.
- Los alimentos y materias primas producidos en el país o importados para la utilización exclusiva por la industria y el sector gastronómico en la elaboración de alimentos y preparación de comidas.
- Los alimentos producidos o importados al Puerto Libre de San Andrés y Providencia, para la comercialización y consumo dentro de ese departamento deberán cumplir con las disposiciones que establece la Ley 915 de 2004 o la norma que modifique, adicione o sustituya.
Certificaciones (BPM, HACCP, BPF) y otras autorizaciones
El Invima promueve la aplicación de sistemas de aseguramiento de calidad e inocuidad entre sus vigilados, para tal fin ofrece los servicios de certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM), Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control (HACCP) y Buenas Prácticas de Fabricación ( BPF) para materiales, objetos, envases y equipamientos en contacto con alimentos.
Formatos trámites y guías - Certificaciones (BPM, HACCP, BPF) y otras autorizaciones
El Artículo 37 de la Resolución 2674 de 2013, exime a los siguientes alimentos de obtener autorizaciones de comercialización:
- Los alimentos naturales que no sean sometidos a ningún proceso de transformación, tales como granos, frutas y hortalizas frescas, miel de abejas y otros productos apícolas.
- Los alimentos de origen animal crudos refrigerados o congelados que no hayan sido sometidos a ningún proceso de transformación.
- Los alimentos y materias primas producidos en el país o importados para la utilización exclusiva por la industria y el sector gastronómico en la elaboración de alimentos y preparación de comidas.
- Los alimentos producidos o importados al Puerto Libre de San Andrés y Providencia, para la comercialización y consumo dentro de ese departamento deberán cumplir con las disposiciones que establece la Ley 915 de 2004 o la norma que modifique, adicione o sustituya.
Certificaciones (BPM, HACCP, BPF) y otras autorizaciones
El Invima promueve la aplicación de sistemas de aseguramiento de calidad e inocuidad entre sus vigilados, para tal fin ofrece los servicios de certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM), Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control (HACCP) y Buenas Prácticas de Fabricación ( BPF) para materiales, objetos, envases y equipamientos en contacto con alimentos.
Formatos trámites y guías - Certificaciones (BPM, HACCP, BPF) y otras autorizaciones
Clasificación de riesgo
En Colombia la Resolución 719 de 2015 establece la clasificación de alimentos para consumo humano de acuerdo con el riesgo en salud pública; de acuerdo a esta clasificación el Invima expide distintas autorizaciones de comercialización:
Acto administrativo expedido por el Invima, mediante el cual se autoriza a una persona natural o jurídica para fabricar, procesar, envasar, importar y/o comercializar un alimento de alto riesgo en salud pública con destino al consumo humano.
Acto administrativo expedido por el Invima, mediante el cual se autoriza a una persona natural o jurídica para fabricar, procesar, envasar, importar y/o comercializar un alimento de riesgo medio en salud pública con destino al consumo humano.
Acto administrativo expedido por el Invima, mediante el cual se autoriza a una persona natural o jurídica para fabricar, procesar, envasar, importar y/o comercializar un alimento de menor riesgo en salud pública con destino al consumo humano.
Acto administrativo expedido por el Invima, mediante el cual se autoriza a una persona natural o jurídica para fabricar, procesar, envasar, importar y/o comercializar un alimento de alto riesgo en salud pública con destino al consumo humano.
Acto administrativo expedido por el Invima, mediante el cual se autoriza a una persona natural o jurídica para fabricar, procesar, envasar, importar y/o comercializar un alimento de riesgo medio en salud pública con destino al consumo humano.
Acto administrativo expedido por el Invima, mediante el cual se autoriza a una persona natural o jurídica para fabricar, procesar, envasar, importar y/o comercializar un alimento de menor riesgo en salud pública con destino al consumo humano.
El Invima realiza monitoreo de microorganismos patógenos en alimentos, los cuales pueden causar enfermedades a los consumidores. Así mismo verifica que los alimentos producidos en el país cumplan con los parámetros microbiológicos y fisicoquímico en la normatividad vigente. El Instituto realiza la verificación de productos como Derivados Cárnicos, Quesos, Agua envasada, entre otros priorizados de acuerdo a requisitos sanitarios y análisis.
Planes de Muestreo 2019:
Monitoreo de Salmonella SPP en cortes de carne importada de cerdo, pollo, res
Análisis: Carne de Pollo, Cerdo Salmonella s.p.p
Numero de muestras: 300
Monitoreo de huevo pasteurizado 2019
Análisis: Salmonella s.p.p Huevo liquido
Numero de muestras: 50
Monitoreo de Salmonella SPP en carne de porcino - Proyecto RAM
Análisis: Plantas de Beneficio
Numero de muestras: 150
Monitoreo de Salmonella SPP en carcasas de aves - Proyecto RAM
Análisis: Plantas de Beneficio
Numero de muestras: 150
Verificación de Vibrio Cholerae en pescado, moluscos y crustáceos, crudos y precocidos (ultracongelados y congelados) importados a Colombia. Resolución 122 de 2012
Análisis: Vibrio Cholerae
Numero de muestras: 50
Verificación microbiológica y fisicoquímica en crema de leche y mantequilla 2019
Análisis: D, crema de Leche, mantequilla (UE)
Numero de muestras: 50
Verificación microbiológica y fisicoquímica en derivados cárnicos
Análisis: Plantas productoras. (Con resultados rechazados)
Numero de muestras: 100
Verificación microbiológica y fisicoquímica en derivados lácteos
Análisis: Plantas productoras. (Con Resultados Rechazados)
Numero de muestras: 100
Verificación microbiológica y fisicoquímica en suero lácteo importado y nacional. Resolución 1031 / 2010
Análisis: Importado y Nacional
Numero de muestras: 50
Verificación de leche en polvo importada y nacional (Decreto 616, Metales Pesados y Contaminantes)
Análisis: Leche en polvo importada y nacional
Numero de muestras: 50
Monitoreo de Trichinella SPP en la especie porcina y equina
Análisis: Trichinella spp en porcinos y equinos
Numero de muestras: 500
Verificación fisicoquímica de los alimentos incluidos en el PAE
Análisis: PAE
Numero de muestras: 350
Aceites y Grasas
- Resolución 2508 de 2012 - Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que deben cumplir los alimentos envasados que contengan grasas trans y/o grasas saturadas
- Resolución 2154 de 2012 - Reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que deben cumplir los aceites y grasas de origen vegetal o animal que se procesen, envasen, almacenen, transporten, exporten, importen y/o comercialicen en el país, destinados para el consumo humano y se dictan otras disposiciones, el siguiente texto: Deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial las Resoluciones 0126 de 1964, 1287 de 1976 y 19304 de 1985
- Resolución 544 de 2013 - Por la cual se modifica el artículo 11 de la Resolución 2508 de 2012
Productos del Cacao
- Resolución 1511 de 2011 - Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que debe cumplir el chocolate y productos de chocolate para consumo humano, que se procese, envase, almacene, transporte, comercialice, expenda, importe o exporte en el territorio nacional
Bebidas Energizantes
- Resolución 4150 de 2009 - Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos que deben cumplir las Bebidas Energizantes para consumo humano
Bebidas Hidratantes
- Resolución 2229 de 1994 - Por la cual se dictan normas referentes a la composición, requisitos y comercialización de las Bebidas Hidratantes- Energéticas para Deportistas
Harina de Trigo
- Decreto 1944 de 1996 - Por el cual se reglamenta la fortificación de la harina de trigo y se establecen las condiciones de comercialización, rotulado, vigilancia y control
Derivados Lácteos
- Resolución 2310 de 1986 - Por la cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a procesamiento, composición, requisitos, transporte y comercialización de los Derivados Lácteos
- Resolución 1804 de 1989 - Por la cual se modifica la Resolución No. 2310 de 1986 (24deFebrero) que reglamenta parcialmente el título V de la Ley 09 de 1979
- Resolución 11961 de 1989 - Por la cual se modifica parcialmente la resolución número 2310 del 24 de febrero de 1986
Leche y Derivados Lácteos
- Decreto 616 de 2006 - Por el cual se expide el Reglamento Técnico sobre los requisitos que debe cumplir la leche para el consumo humano que se obtenga, procese, envase, transporte, comercializa, expenda, importe o exporte en el país, el siguiente texto: El Decreto 1880 de 2011 deroga el numeral 2 del artículo 14 del Decreto 616 de 2006. Modificado en su artículo 50 por el Decreto 1673 de 2013
- Decreto 1673 de 2010 - Por el cual se modifica el artículo 50 del Decreto 616 de 2006
- Decreto 1880 de 2011 - Por el cual se señalan los requisitos para la comercialización de leche cruda para consumo humano directo en el Territorio Nacional, el siguiente texto: Deroga el No. 2 del artículo 14 del Decreto 616 de 2006 y los Decretos 2838 de 2006 y 3411 de 2008
- Resolución 2310 de 1986 - Por la cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a procesamiento, composición, requisitos, transporte y comercialización de los Derivados Lácteos
- Resolución 1804 de 1989 - Por la cual se modifica la Resolución No 02310 de 1986, (24 de Febrero) que reglamenta parcialmente el titulo V de la Ley 09 de 1979
- Resolución 11961 de 1989 - Por la cual se modifica parcialmente la resolución número 2310 del 24 de febrero de 1986
Derivados Cárnicos
Decreto 2162 de 1983 - Por el cual se reglamenta parcialmente el titulo V de la ley 09 de 1979, en cuanto a producción, procesamiento, transporte y expendio de los productos cárnicos procesados
Decreto 2131 de 1997 - Por el cual se dictan disposiciones sobre productos cárnicos procesados
Agua Envasada
- Resolución 12186 de 1991 - Por la cual se fijan las condiciones para los procesos de obtención, envasado y comercialización de agua potable tratada con destino al consumo humano
Frutas y Hortalizas
- Resolución 15790 de 1984 - Por la cual se establecen las características organolépticas Fisicoquímicas y Microbiológicas de los derivados del tomate
- Resolución 14712 de 1984 - Por la cual se reglamenta lo relacionado con producción, procesamiento, transporte, almacenamiento y comercialización de vegetales como frutas y hortalizas elaboradas. El artículo 3 de esta resolución fue derogado por la Resolución 3929 del 02 de octubre de 2013
- Resolución 2155 de 2012 - Reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que deben cumplir las hortalizas que se procesen, empaquen, transporten, importen y comercialicen en el territorio nacional, el siguiente texto: Deroga el artículo 3o de la Resolución 14712 de 1984 y demás disposiciones que le sean contrarias
- Resolución 3929 de 2013 - Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que deben cumplir las frutas y las bebidas con adición de jugo (zumo) o pulpa de fruta o concentrados de fruta, clarificados o no, o la mezcla de estos que se procesen, empaquen, transporten, importen y comercialicen en el territorio nacional. Deroga las resoluciones 15789 de 1984, 7992 de 1991 y el artículo 3 de la Resolución 14712 de 1984
- Resolución 1155 de 2014 - Por la cual se modifica el artículo 18 de la Resolución 3929 de 2013
Alimentos Infantiles
- Decreto 1397 de 1992 - Por el cual se promueve la lactancia materna, se reglamenta la comercialización y publicidad de los alimentos de fórmula para lactantes y complementarios de la leche materna y se dictan otras disposiciones
- Resolución 1419 de 2005 - Por la cual se deroga el artículo 88 de la Resolución número 11488 de 1984. (alimentos infantiles)
- Resolución 4135 de 1976 - Por la cual se expiden normas sobre alimentos procesados de base vegetal para uso Infantil
- Resolución 11488 de 1984 - Por la cual se dictan normas en lo referente a procesamiento, composición, requisitos y comercialización de Ios alimentos infantiles, de Ios alimentos o bebidas enriquecidas y de Ios alimentos o bebidas de usa dietético
Sal
- Decreto 547 de 1997 - Por el cual se reglamenta el Título V de la Ley 09 de 1979, en cuanto a la expedición del registro Sanitario y a las condiciones sanitarias de producción, empaque y comercialización, al control de la sal para consumo humano y se dictan otras disposiciones sobre la materia, el siguiente texto: Deroga el Decreto 724 de 1994. Modificado parcialmente por el Decreto 698 de 1998
- Decreto 698 de 1998 - Por el cual se modifican los artículos 23 y 24 del Decreto 547 de 1996
- Resolución 9593 de 1988 - Por la cual se establece la identificación a los empaques y envases de la sal para consumo humano
Mayonesa
- Resolución 17882 de 1985 - Derogada parcialmente por la Resolución N° 129 de 2003 publicada en el Diario Oficial N° 45126 de 13 de marzo de 2003
- Resolución 129 de 2003 - Deroga la Resolución 17882 de 1985, por la cual se dictan normas para la aplicación del Título V de la Ley 09 de 1979, sobre alimentos; en lo relacionado con la Mayonesa, su elaboración, conservación y comercialización. Se autoriza la adición del Glutamato Monosódico en la elaboración de la mayonesa
Panela
- Resolución 779 de 2006 - Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir en la producción y comercialización de la panela para consumo humano y se dictan otras disposiciones
- Resolución 3462 de 2008 - Por la cual se modifica el parágrafo del artículo 9° y el artículo 15 de la Resolución 779 de 2006 y se dictan otras disposiciones (Requisitos sanitarios panela)
- Resolución 3544 de 2009 - Por la cual se modifican los artículos 11 y 13 de la Resolución 779 de 2006
- Resolución 4121 de 2011 - Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 776 de 2009, modificadas por las resoluciones 3462 de 2008 y 3544 de 2009
- Resolución 4217 de 2013 - Por la cual se modifica la Resolución número 3544 de 2009. Modifica los artículos 1 y 2 de la Resolución número 779 de 2006, modificada por la Resolución número 3544 de 2009
Pastas Alimenticias
- Resolución 4393 de 1991 - Por la cual se reglamenta parcialmente la Ley 09 de 1979, Título V, en lo referente a fabricación, empaque y comercialización de Pastas Alimenticias
Especias
- Resolución 19021 de 1985 - Por la cual se dictan normas para la aplicación del Título V, de la Ley 09 de 1979, sobre Alimentos, en la concerniente a la Mostaza, su elaboración, conservación y comercialización
- Resolución 4241 de 1991 - Por la cual se definen las características de las especias o condimentos vegetales y se dictan normas sanitarias y de calidad de estos productos y de sus mezclas
Lactosueros
- Resolución 2997 de 2007 - Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que deben cumplir los lactosueros en polvo, como materia prima de alimentos para consumo humano y se dictan otras disposiciones, el siguiente texto: Modificada por las Resoluciones Nos. 1185 de 2011, por la cual se modifica el literal c) del artículo 5º de la Resolución 2997 de 2007; Resolución No. 1707 de 2010, por la cual se modifica el literal c) del artículo 5º de la mencionada Resolución; Resolución No. 1031 de 2010, por la cual se modifica el artículo 6º de la Resolución 2997 de 2007; Resolución No. 715 de 2009, por la cual se modifica el artículo 6º de la Resolución 2997 de 2007
- Resolución 1031 de 2010 - Por la cual se modifican el articula 6° de la resolución 2997 de 2007 modificado por el artículo 1° de la resolución 715 de 2009
- Resolución 1185 de 2011 - Por la cual se modifica el literal c) del artículo 5º de la Resolución 2997 de 2007 modificado por el artículo 1º de la Resolución 1707 de 2010, el siguiente texto: modifica el literal c) del artículo 5° de la Resolución 2997 de 2007, modificado por el artículo 1° de la Resolución 1707 de 2010 y, deroga las disposiciones que le sean contrarias
Planes de Muestreo 2019:
Monitoreo de Salmonella SPP en cortes de carne importada de cerdo, pollo, res
Análisis: Carne de Pollo, Cerdo Salmonella s.p.p
Numero de muestras: 300
Monitoreo de huevo pasteurizado 2019
Análisis: Salmonella s.p.p Huevo liquido
Numero de muestras: 50
Monitoreo de Salmonella SPP en carne de porcino - Proyecto RAM
Análisis: Plantas de Beneficio
Numero de muestras: 150
Monitoreo de Salmonella SPP en carcasas de aves - Proyecto RAM
Análisis: Plantas de Beneficio
Numero de muestras: 150
Verificación de Vibrio Cholerae en pescado, moluscos y crustáceos, crudos y precocidos (ultracongelados y congelados) importados a Colombia. Resolución 122 de 2012
Análisis: Vibrio Cholerae
Numero de muestras: 50
Verificación microbiológica y fisicoquímica en crema de leche y mantequilla 2019
Análisis: D, crema de Leche, mantequilla (UE)
Numero de muestras: 50
Verificación microbiológica y fisicoquímica en derivados cárnicos
Análisis: Plantas productoras. (Con resultados rechazados)
Numero de muestras: 100
Verificación microbiológica y fisicoquímica en derivados lácteos
Análisis: Plantas productoras. (Con Resultados Rechazados)
Numero de muestras: 100
Verificación microbiológica y fisicoquímica en suero lácteo importado y nacional. Resolución 1031 / 2010
Análisis: Importado y Nacional
Numero de muestras: 50
Verificación de leche en polvo importada y nacional (Decreto 616, Metales Pesados y Contaminantes)
Análisis: Leche en polvo importada y nacional
Numero de muestras: 50
Monitoreo de Trichinella SPP en la especie porcina y equina
Análisis: Trichinella spp en porcinos y equinos
Numero de muestras: 500
Verificación fisicoquímica de los alimentos incluidos en el PAE
Análisis: PAE
Numero de muestras: 350
Aceites y Grasas
- Resolución 2508 de 2012 - Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que deben cumplir los alimentos envasados que contengan grasas trans y/o grasas saturadas
- Resolución 2154 de 2012 - Reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que deben cumplir los aceites y grasas de origen vegetal o animal que se procesen, envasen, almacenen, transporten, exporten, importen y/o comercialicen en el país, destinados para el consumo humano y se dictan otras disposiciones, el siguiente texto: Deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial las Resoluciones 0126 de 1964, 1287 de 1976 y 19304 de 1985
- Resolución 544 de 2013 - Por la cual se modifica el artículo 11 de la Resolución 2508 de 2012
Productos del Cacao
- Resolución 1511 de 2011 - Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que debe cumplir el chocolate y productos de chocolate para consumo humano, que se procese, envase, almacene, transporte, comercialice, expenda, importe o exporte en el territorio nacional
Bebidas Energizantes
- Resolución 4150 de 2009 - Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos que deben cumplir las Bebidas Energizantes para consumo humano
Bebidas Hidratantes
- Resolución 2229 de 1994 - Por la cual se dictan normas referentes a la composición, requisitos y comercialización de las Bebidas Hidratantes- Energéticas para Deportistas
Harina de Trigo
- Decreto 1944 de 1996 - Por el cual se reglamenta la fortificación de la harina de trigo y se establecen las condiciones de comercialización, rotulado, vigilancia y control
Derivados Lácteos
- Resolución 2310 de 1986 - Por la cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a procesamiento, composición, requisitos, transporte y comercialización de los Derivados Lácteos
- Resolución 1804 de 1989 - Por la cual se modifica la Resolución No. 2310 de 1986 (24deFebrero) que reglamenta parcialmente el título V de la Ley 09 de 1979
- Resolución 11961 de 1989 - Por la cual se modifica parcialmente la resolución número 2310 del 24 de febrero de 1986
Leche y Derivados Lácteos
- Decreto 616 de 2006 - Por el cual se expide el Reglamento Técnico sobre los requisitos que debe cumplir la leche para el consumo humano que se obtenga, procese, envase, transporte, comercializa, expenda, importe o exporte en el país, el siguiente texto: El Decreto 1880 de 2011 deroga el numeral 2 del artículo 14 del Decreto 616 de 2006. Modificado en su artículo 50 por el Decreto 1673 de 2013
- Decreto 1673 de 2010 - Por el cual se modifica el artículo 50 del Decreto 616 de 2006
- Decreto 1880 de 2011 - Por el cual se señalan los requisitos para la comercialización de leche cruda para consumo humano directo en el Territorio Nacional, el siguiente texto: Deroga el No. 2 del artículo 14 del Decreto 616 de 2006 y los Decretos 2838 de 2006 y 3411 de 2008
- Resolución 2310 de 1986 - Por la cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a procesamiento, composición, requisitos, transporte y comercialización de los Derivados Lácteos
- Resolución 1804 de 1989 - Por la cual se modifica la Resolución No 02310 de 1986, (24 de Febrero) que reglamenta parcialmente el titulo V de la Ley 09 de 1979
- Resolución 11961 de 1989 - Por la cual se modifica parcialmente la resolución número 2310 del 24 de febrero de 1986
Derivados Cárnicos
Decreto 2162 de 1983 - Por el cual se reglamenta parcialmente el titulo V de la ley 09 de 1979, en cuanto a producción, procesamiento, transporte y expendio de los productos cárnicos procesados
Decreto 2131 de 1997 - Por el cual se dictan disposiciones sobre productos cárnicos procesados
Agua Envasada
- Resolución 12186 de 1991 - Por la cual se fijan las condiciones para los procesos de obtención, envasado y comercialización de agua potable tratada con destino al consumo humano
Frutas y Hortalizas
- Resolución 15790 de 1984 - Por la cual se establecen las características organolépticas Fisicoquímicas y Microbiológicas de los derivados del tomate
- Resolución 14712 de 1984 - Por la cual se reglamenta lo relacionado con producción, procesamiento, transporte, almacenamiento y comercialización de vegetales como frutas y hortalizas elaboradas. El artículo 3 de esta resolución fue derogado por la Resolución 3929 del 02 de octubre de 2013
- Resolución 2155 de 2012 - Reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que deben cumplir las hortalizas que se procesen, empaquen, transporten, importen y comercialicen en el territorio nacional, el siguiente texto: Deroga el artículo 3o de la Resolución 14712 de 1984 y demás disposiciones que le sean contrarias
- Resolución 3929 de 2013 - Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que deben cumplir las frutas y las bebidas con adición de jugo (zumo) o pulpa de fruta o concentrados de fruta, clarificados o no, o la mezcla de estos que se procesen, empaquen, transporten, importen y comercialicen en el territorio nacional. Deroga las resoluciones 15789 de 1984, 7992 de 1991 y el artículo 3 de la Resolución 14712 de 1984
- Resolución 1155 de 2014 - Por la cual se modifica el artículo 18 de la Resolución 3929 de 2013
Alimentos Infantiles
- Decreto 1397 de 1992 - Por el cual se promueve la lactancia materna, se reglamenta la comercialización y publicidad de los alimentos de fórmula para lactantes y complementarios de la leche materna y se dictan otras disposiciones
- Resolución 1419 de 2005 - Por la cual se deroga el artículo 88 de la Resolución número 11488 de 1984. (alimentos infantiles)
- Resolución 4135 de 1976 - Por la cual se expiden normas sobre alimentos procesados de base vegetal para uso Infantil
- Resolución 11488 de 1984 - Por la cual se dictan normas en lo referente a procesamiento, composición, requisitos y comercialización de Ios alimentos infantiles, de Ios alimentos o bebidas enriquecidas y de Ios alimentos o bebidas de usa dietético
Sal
- Decreto 547 de 1997 - Por el cual se reglamenta el Título V de la Ley 09 de 1979, en cuanto a la expedición del registro Sanitario y a las condiciones sanitarias de producción, empaque y comercialización, al control de la sal para consumo humano y se dictan otras disposiciones sobre la materia, el siguiente texto: Deroga el Decreto 724 de 1994. Modificado parcialmente por el Decreto 698 de 1998
- Decreto 698 de 1998 - Por el cual se modifican los artículos 23 y 24 del Decreto 547 de 1996
- Resolución 9593 de 1988 - Por la cual se establece la identificación a los empaques y envases de la sal para consumo humano
Mayonesa
- Resolución 17882 de 1985 - Derogada parcialmente por la Resolución N° 129 de 2003 publicada en el Diario Oficial N° 45126 de 13 de marzo de 2003
- Resolución 129 de 2003 - Deroga la Resolución 17882 de 1985, por la cual se dictan normas para la aplicación del Título V de la Ley 09 de 1979, sobre alimentos; en lo relacionado con la Mayonesa, su elaboración, conservación y comercialización. Se autoriza la adición del Glutamato Monosódico en la elaboración de la mayonesa
Panela
- Resolución 779 de 2006 - Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir en la producción y comercialización de la panela para consumo humano y se dictan otras disposiciones
- Resolución 3462 de 2008 - Por la cual se modifica el parágrafo del artículo 9° y el artículo 15 de la Resolución 779 de 2006 y se dictan otras disposiciones (Requisitos sanitarios panela)
- Resolución 3544 de 2009 - Por la cual se modifican los artículos 11 y 13 de la Resolución 779 de 2006
- Resolución 4121 de 2011 - Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 776 de 2009, modificadas por las resoluciones 3462 de 2008 y 3544 de 2009
- Resolución 4217 de 2013 - Por la cual se modifica la Resolución número 3544 de 2009. Modifica los artículos 1 y 2 de la Resolución número 779 de 2006, modificada por la Resolución número 3544 de 2009
Pastas Alimenticias
- Resolución 4393 de 1991 - Por la cual se reglamenta parcialmente la Ley 09 de 1979, Título V, en lo referente a fabricación, empaque y comercialización de Pastas Alimenticias
Especias
- Resolución 19021 de 1985 - Por la cual se dictan normas para la aplicación del Título V, de la Ley 09 de 1979, sobre Alimentos, en la concerniente a la Mostaza, su elaboración, conservación y comercialización
- Resolución 4241 de 1991 - Por la cual se definen las características de las especias o condimentos vegetales y se dictan normas sanitarias y de calidad de estos productos y de sus mezclas
Lactosueros
- Resolución 2997 de 2007 - Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que deben cumplir los lactosueros en polvo, como materia prima de alimentos para consumo humano y se dictan otras disposiciones, el siguiente texto: Modificada por las Resoluciones Nos. 1185 de 2011, por la cual se modifica el literal c) del artículo 5º de la Resolución 2997 de 2007; Resolución No. 1707 de 2010, por la cual se modifica el literal c) del artículo 5º de la mencionada Resolución; Resolución No. 1031 de 2010, por la cual se modifica el artículo 6º de la Resolución 2997 de 2007; Resolución No. 715 de 2009, por la cual se modifica el artículo 6º de la Resolución 2997 de 2007
- Resolución 1031 de 2010 - Por la cual se modifican el articula 6° de la resolución 2997 de 2007 modificado por el artículo 1° de la resolución 715 de 2009
- Resolución 1185 de 2011 - Por la cual se modifica el literal c) del artículo 5º de la Resolución 2997 de 2007 modificado por el artículo 1º de la Resolución 1707 de 2010, el siguiente texto: modifica el literal c) del artículo 5° de la Resolución 2997 de 2007, modificado por el artículo 1° de la Resolución 1707 de 2010 y, deroga las disposiciones que le sean contrarias
El Invima formula, ejecuta, hace seguimiento y evaluación a los planes nacionales subsectoriales de vigilancia y control de residuos de plaguicidas, medicamentos veterinarios y contaminantes químicos que puedan estar presentes en alimentos nacionales e importados. Los resultados del Programa Nacional de Vigilancia y Control de Residuos y Contaminantes químicos, son utilizados en primera instancia para la toma de medidas sanitarias ante el incumplimiento de la reglamentación sanitaria, así mismo sirven como insumo para realizar evaluaciones de riesgo.
Planes subsectoriales 2025
- Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de Micotoxinas en Alimentos Procesados Año 2025
- Plan Nacional de Vigilancia y Control de Rotulado de Producto Libre de OGM, Orgánico e Hipersensibilidad en Alimentos para Consumo Humano y Eventos OGM Autorizados en Materias Primas Año 2025
- Plan Nacional de Vigilancia de Cadmio en Cacao y Productos Derivados Año 2025
- Plan Nacional de Vigilancia y Control de Residuos de Plaguicidas y Metales Pesados en Alimentos de Origen Vegetal – Pulpas de Frutas, Néctares y Mermeladas Año 2025
- Plan Nacional de Vigilancia y Control de Residuos de Medicamentos Veterinarios y Plaguicidas, y Metales Pesados en Ovoproductos - Año 2025
- Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de Residuos de Medicamentos Veterinarios, Plaguicidas y Contaminantes Químicos en Leche Bovina Cruda Año 2025
- Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de residuos de plaguicidas y metales pesados en arroz importado y nacional Año 2025
- Línea Base de Acrilamida en Alimentos para Consumo Humano Nacional e Importado. Año 2025
- Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de Residuos de Medicamentos Veterinarios y Otras Sustancias Químicas en Huevos Frescos de Gallina Ponedora 2025
Planes subsectoriales 2024
- Plan Nacional de Vigilancia y Control de Rotulado de Producto Libre de OGM, Orgánico e Hipersensibilidad en Alimentos para Consumo Humano y Eventos OGM Autorizados en Materias Primas. Año 2024
- Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de Micotoxinas en Alimentos Procesados Año 2024
- Línea Base de Acrilamida en Alimentos Para Consumo Humano Nacional e Importado Año 2024
- Plan Nacional de Vigilancia de Cadmio en Cacao y Productos Derivados Año 2024
- Plan Nacional de Vigilancia y Control de Residuos de Plaguicidas y Metales Pesados en Alimentos de Origen Vegetal- Pulpa de Frutas Año 2024
- Plan Nacional de Vigilancia y Control de Residuos de Medicamentos Veterinarios y Plaguicidas, y Metales Pesados en Ovoproductos 2024
- Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de Residuos de Plaguicidas y Metales en Arroz Blanco Año 2024
- Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de Residuos de Medicamentos Veterinarios, Plaguicidas y Contaminantes Químicos en Leche Bovina Cruda 2024
- Plan Nacional Subsectorial de vigilancia y control de residuos de Medicamentos Veterinarios y otras Sustancias Químicas en Huevos Frescos de Gallina Ponedora 2024
Planes subsectoriales 2023
- Plan nacional de vigilancia y control de rotulados libre de OGM, organico e hipersensibilidad en alimentos y eventos OGM autorizados en materias primas 2023
- Plan nacional subsectorial de vigilancia y control de residuos de plaguicidas y contaminantes químicos en arroz 2023
- Plan nacional de vigilancia de cadmio en cacao y productos derivados 2023
- Plan nacional de vigilancia y control dee residuos de plaguicidas y metales pesados en alimentos de origen vegetal - pulpa de frutas 2023
- Plan nacional subsectorial de vigilancia y control de micotoxinas y acrilamida en alimentos procesados 2023
- Plan nacional de vigilancia y control de residuos de medicamentos veterinarios y plaguicidas, y metales pesados en ovoproductos 2023
- Plan nacional subsectorial de vigilancia y control de residuos de medicamentos veterninrios, plaguicidas y contaminantes químicos en leche bovina 2023
- Plan nacional subsectorial de vigilancia y control de residuos de Medicamnetos Veterinarios y otras sustanquias quimicas en huevos frescos de gallina ponedora 2023
Planes subsectoriales 2022
- Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de Residuos de Plaguicidas y Metales en Alimentos de Origen Vegetal (Arroz)-PNSVCR Año 2022
- Plan nacional subsectorial de vigilancia y control de residuos de medicamentos veterinarios y otras sustancias quimicas en huevos de gallina 2022
- Plan nacional subsectorial de vigilancia y control de residuos de medicamentos veterinarios y contaminantes químicos en leche bovina 2022
- Plan nacional de vigilancia de cadmio en cacao y productos derivados 2022
- Documento tecnico plan nacional de vigilancia y control de ogm en alimentos 2022
- Plan nacional subsectorial de vigilancia y control de micotoxinas en alimentos procesados durante el período 2022
- Plan nacional de vigilancia y control de residuos de plaguicidas y metales pesados en alimentos de origen vegetal - pulpa de frutas - año 2022
Planes subsectoriales 2021
- Informe Final sobre los resultados del plan nacional subsectorial de vigilancia y control de residuos de medicamentos veterinarios y otras sustancias en huevos de gallina Año 2021
- Plan nacional subsectorial de vigilancia y control de micotoxinas en alimentos procesados durante el periodo 2021
- Plan nacional subsectorial de vigilancia y control de residuos de medicamentos veterinarios y contaminantes químicos en leche bovina 2021
- Plan nacional subsectorial de vigilancia y control de residuos de medicamentos veterinarios y otras sustancias químicas en huevos de gallina 2021
- Plan nacional subsectorial de vigilancia y control de residuos de medicamentos veterinarios y contaminantes químicos en leche bovina 2021
- Plan nacional de vigilancia de cadmio (cd) en cacao y productos derivados año 2021
- Plan nacional de vigilancia y control de residuos de plaguicidas en alimentos de origen vegetal - pulpa de frutas - año 2021
- Plan nacional subsectorial de vigilancia y control de residuos de plaguicidas y metales pesados en arroz (PNSVCR-arroz-ICA-Invima)
- Anexo técnico Plan nacional subsectorial de vigilancia y control de residuos de plaguicidas y metales pesados en arroz (PNSVCR-arroz-ICA-Invima
- Plan de vigilancia de declaraciones de rotulado libres de OGM y orgánicos y eventos aprobados en materias primas - año 2021
Planes subsectoriales 2020
- Plan nacional subsectorial de vigilancia y control de residuos de medicamentos veterinarios y contaminantes químicos en leche bovina 2020
- Plan nacional subsectorial de vigilancia y control de residuos de medicamentos veterinarios y otras sustancias quimicas en huevos de gallina 2020
- Plan nacional de vigilancia en productos derivados de cacao para exportación (chocolate de mesa con o sin azúcar, cobertura de chocolate, chocolate de leche/barra de chocolate, cocoa o cacao en polvo con o sin azúcar) 2020
- Plan nacional de vigilancia y control de residuos de plaguicidas en alimentos de origen vegetal - pulpa de frutas - año 2020
- Anexo técnico Plan nacional subsectorial de vigilancia y control de residuos de plaguicidas y contaminantes químicos en arroz
- Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y control de Micotóxinas en alimentos procesados durante el período 2020
- Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de residuos de Plaguicidas y metales pesados en arroz 2019-2020
- Plan Nacional de Vigilancia en productos derivados del cacao para exportación 2020
- Plan Nacional de Vigilancia y Control de OGM en alimentos 2020
Planes subsectoriales 2019
- Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de Micotóxinas en alimentos procesados sdurante el período 2019 -2020
- Plan Nacional de Vigilancia en cacao y productos derivados 2019 - 2020
- Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de residuos de medicamentos veterinarios y contaminantes químicos en huevos de gallina 2019
- Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de residuos de medicamentos veterinarios y contaminantes químicos en leche bovina.
- Plan nacional de vigilancia y control de ogm en alimentos 2019
Planes subsectoriales 2018
- Plan nacional subsectorial de vigilancia y control de residuos de plaguicidas y metales en alimentos de origen vegetal (arroz)-PNSVCR 2018 - 2019 anexos
- Plan nacional de vigilancia y control de ogm en alimentos
- Plan nacional subsectorial de vigilancia y control de micotoxinas en alimentos procesados durante el período 2018 - 2019
- Anexos - plan nacional subsectorial de vigilancia y control de micotoxinas en alimentos procesados durante el período 2018 - 2019
- Plan nacional subsectorial de vigilancia y control de residuos de medicamentos veterinarios y contaminantes químicos en leche bovina
Planes subsectoriales 2017
- Plan nacional subsectorial de vigilancia y control de residuos de plaguicidas y metales en alimentos de origen vegetal (arroz)-PNSVCR 2017 – 2018
- Anexos - plan nacional subsectorial de vigilancia y control de residuos de plaguicidas y metales en alimentos de origen vegetal (arroz)-PNSVCR 2017 - 2018
- Plan nacional de vigilancia y control OGM en alimentos
- Plan nacional subsectorial de vigilancia y control de micotoxinas y conservantes en alimentos procesados durante el período 2017 - 2018
- Plan nacional subsectorial de vigilancia y control de residuos de plaguicidas y metales en alimentos de origen vegetal (hortofruticola)-PNSVRC 2017
Planes subsectoriales 2016
- Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de Acrilamida En Alimentos Procesados para el año 2016
- Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de Micotoxinas y Conservantes en Alimentos Procesados para el año 2016
- Programa Nacional de Vigilancia y Control de Cadmio en Productos Derivados del Cacao
Planes Nacionales Subsectoriales de Vigilancia y Control de OGM en alimentos - Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de Residuos de Plaguicidas y Metales en Alimentos de Origen Vegetal (Hortofruticola)
- Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de Migración Específica de Sustancias Químicas en Envases que estan en Contacto con Alimentos y Bebidas de Consumo Humano
- Plan Nacional de Control de Residuos de Medicamentos Veterinarios y Otras Sustancias Químicas Para Alimentos Derivados Cárnicos, Aceites y Salsa BBQ-Hidrocarburos Aromáticos Policiclicos
- Planes nacionales subsectoriales de vigilancia y control de residuos de medicamentos veterinarios y contaminantes químicos en bovinos de leche
Planes subsectoriales 2015
- Plan nacional subsectorial de vigilancia y control de residuos de medicamentos veterinarios y contaminantes químicos en bovinos de leche
- Programa de vigilancia y control de aflatoxinas y conservantes en arepas para el año 2015
- Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de acrilamida en alimentos
- Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de aflatoxinas y conservantes en arepa
- Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de Residuos de Plaguicidas y Metales en Alimentos de Origen Agricola (Hortofruticola)
- Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de Migración de Sustancias Químicas en Envases que Estan en Contacto con Alimentos y Bebidas de Consumo Humano
Planes subsectoriales 2014
- Informe de Resultados del Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de Residuos de Plaguicidas y Metales en Arroz para Consumo Humano Nacional e Importado Año 2023
- Informe de Resultados del Plan Nacional de Vigilancia y Control de Residuos De Medicamentos Veterinarios y Plaguicidas, y Metales Pesados en Ovoproductos – Año 2023
- Informe de Resultados del Plan Nacional de Vigilancia de Cadmio en Cacao y Productos Derivados del Cacao – Año 2023
- Informe de Resultados del Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de Micotoxinas y Acrilamidas en Alimentos Procesados – Año 2023
- Informe de Resultados del plan nacional de vigilancia y control de residuos de plaguicidas y metales pesados en productos de origen vegetal – pulpa de frutas – Año 2023
- Informe de Resultados del Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de Residuos de Medicamentos Veterinarios, Plaguicidas y Contaminantes Químicos en Leche Bovina – 2023
- Resultados del Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de Residuos de Medicamentos Veterinarios y Otras Sustancias Químicas en Huevos Frescos de Gallina Ponedora Año 2023
- Informe de Resultados del Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de Residuos de Medicamentos Veterinarios, Plaguicidas y Contaminantes Químicos en Leche Bovina – Segmento Segregado 2023
- Informe de Resultados del Plan Nacional de Vigilancia y Control de Organismos Genéticamente Modificados en Alimentos Año 2023
- Informe de Resultados del Plan Nacional de Vigilancia y Control de Residuos de Plaguicidas y Metales pesados en productos de origen vegetal - Pulpa de frutas Año 2022
- Informe de Resultados del Plan Nacional de Vigilancia y Control de Organismos Genéticamente Modificados en Alimentos Año 2022
- Informe de Resultados del Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de residuos de plaguicidas y metales pesados en Arroz Año 2022
- Informe de Resultados del Plan Nacional de Vigilancia de Cadmio en Cacao y Productos Derivados Año 2022
- Informe de resultados del Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de residuos de medicamentos veterinarios y otras sustancias químicas en huevos de gallina año 2022
- Informe de resultados plan nacional subsectorial de vigilacia y control de residuos de plaguicidas y contaminantes químicos en arroz 2021
- Informe Final sobre los resultados del plan nacional subsectorial de vigilancia y control de residuos de medicamentos veterinarios y otras sustancias en huevos de gallina Año 2021
- Informe del plan nacional subsectorial de vigilancia y control de residuos de medicamentos veterinarios y contaminantes químicos en leche 2021 - plan nacional
- Informe plan nacional de vigilancia y control de ogm en alimentos 2021
- Informe sobre los resultados del plan nacional subsectorial de vigilancia y control de micotoxinas en alimentos procesados durante el período 2021
- Informe de resultados del Plan Nacional de Vigilancia de Cadmio en Cacao y Productos derivados del cacao Año 2021
- Informe de los Resultados del Plan Nacional de Vigilancia y Control de residuos de plaguicidas en productos de origen vegetal - Pulpa de frutas Año 2021
- Informe Final Año 2020 sobre los resultados del plan nacional subsectorial de vigilancia y control de residuos de medicamentos veterinarios y otras sustancias en huevos de gallina
- Informe de resultados plan de vigilancia y control de residuos de medicamentos veterinarios y contaminantes químicos en leche – plan nacional 2020
- Informe plan nacional de vigilancia y control de ogm en alimentos 2020
- Informe plan nacional subsectorial de vigilancia y control de micotoxinas en alimentos 2020
- Informe Final sobre los Resultados del Plan Nacional de Vigilancia y Control de residuos de plaguicidas en productos de origen vegetal - Pulpa de fruta Año 2020
- Informe Final sobre los resultados del Plan Nacional de Vigilancia de Cadmio en Cacao y Productos derivados del cacao (Cacao, Chocolate de Mesa, Cobertura de Chocolate/Chocolatina de Leche)(2019–2020)
- Informe Final sobre los resultados del Plan nacional de vigilancia en productos derivados del cacao para exportación (Chocolate de mesa con o sin azúcar, Cobertura de chocolate, Chocolate de leche/Barra de Chocolate, Cocoa o Cacao en polvo con o sin azúcar) año 2020
- Informe Final Año 2019 sobre los resultados del plan nacional subsectorial de vigilancia y control de residuos de medicamentos veterinarios y otras sustancias en huevos de gallina Año 2019
- Informe de resultados del plan nacional subsectorial de vigilancia y control de residuos de medicamentos veterinarios y contaminantes químicos en leche bovina, año JULIO 2018 A JUNIO 2019
- Informe de resultados del Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de Residuos de Medicamentos Veterinarios y Contaminantes Químicos en leche bovina 2019 Segundo semestre
- Informe plan nacional de vigilancia y control de ogm en alimentos 2019
- Informe de resultados plan nacional subsectorial de vigilancia y control de residuos de plaguicidas y contaminantes químicos en arroz 2019-2021
- Informe plan nacional de vigilancia y control de ogm en alimentos 2018
- Informe de resultados del plan nacional subsectorial de vigilancia y control de micotoxinas en alimentos procesados durante el período 2018 - 2019
- Resolución 3709 de 2015 - Por la cual se modifica parcialmente la Resolución número 4506 de 2013 modificada por la Resolución número 2671 de 2014
- Resolución 2671 de 2014 - Por la cual se modifica la Tabla 1 del artículo 4 de a Resolución 4506 de 2013
- Resolución 770 de 2014 - Por la cual se establecen las directrices para la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de los Planes Nacionales Subsectoriales de Vigilancia y Control de Residuos en Alimentos y se dictan otras disposiciones
- Resolución 4506 de 2013 - Por la cual se establecen los niveles máximos de contaminantes en los alimentos destinados al consumo y se dictan otras disposiciones
- Resolución 2674 de 2013 - Por la cual se reglamenta el artículo 126 del Decreto-ley 019 de 2012 y se dictan otras disposiciones
- Resolución 4254 de 2011 - Por medio de la cual se expide el Reglamento Técnico que establece disposiciones relacionadas con el rotulado o etiquetado de alimentos derivados de Organismos Genéticamente Modificados – OGM para consumo humano y con la identificación de materias primas para consumo humano que los contengan
- Resolución 2906 de 2007 - Por la cual se establecen los Límites Máximos de Residuos de Plaguicidas – LMR en alimentos para consumo humano y en piensos o forrajes
- Ley 9 de 1979 - Por la cual se dictan Medidas Sanitarias
¿Qué son las micotoxinas?
Las micotoxinas son metabolitos tóxicos producidos por varios hongos que pueden infectar y proliferar en varios productos agrícolas en el campo y durante el almacenamiento. Dentro de las micotoxinas vigiladas por el Invima se encuentran las aflatoxinas, el deoxinivalenol y la zearalenona.
¿En qué tipo de productos se verifica el nivel de micotoxinas?
La verificación se realiza en cereales y productos a base de cereales como: Arepas, maíz nacional e importado, harina de trigo y maíz.
¿Cuál es el nivel máximo de aflatoxinas permitido en productos a base de cereales?
El nivel máximo para la suma de aflatoxinas ( B1, B2, G1 y G2) en cereales y productos a base de cereales ( exceptuando el maíz y arroz que vayan a someterse a un proceso de selección u otro tratamiento antes del consumo) es de 4 microgramos/ kg, de acuerdo a lo establecido en la Resolución 4506 de 2013.
¿Qué es la acrilamida?
La acrilamida es un compuesto químico producido para una amplia variedad de aplicaciones industriales y en vista de los conocidos efectos tóxicos de esta sustancia, incluyendo genotoxicidad y carcinogenicidad. Este compuesto es formado principalmente en alimentos ricos en carbohidratos preparados o cocinados a altas temperaturas como papas chips, panes y galletas.
¿Existe en Colombia normatividad respecto al nivel máximo de acrilamida?
No, en Colombia no se cuenta actualmente con reglamentación sobre los niveles máximos de acrilamida.
¿Cuáles metales pesados son vigilados en productos de origen vegetal como el arroz?
Los metales monitoredos en el Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de Residuos de Plaguicidad y Metales en productos de origen vegetal- arroz son el Arsénico (As), el Plomo (Pb) y el Cadmio (Cd).
Planes subsectoriales 2025
- Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de Micotoxinas en Alimentos Procesados Año 2025
- Plan Nacional de Vigilancia y Control de Rotulado de Producto Libre de OGM, Orgánico e Hipersensibilidad en Alimentos para Consumo Humano y Eventos OGM Autorizados en Materias Primas Año 2025
- Plan Nacional de Vigilancia de Cadmio en Cacao y Productos Derivados Año 2025
- Plan Nacional de Vigilancia y Control de Residuos de Plaguicidas y Metales Pesados en Alimentos de Origen Vegetal – Pulpas de Frutas, Néctares y Mermeladas Año 2025
- Plan Nacional de Vigilancia y Control de Residuos de Medicamentos Veterinarios y Plaguicidas, y Metales Pesados en Ovoproductos - Año 2025
- Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de Residuos de Medicamentos Veterinarios, Plaguicidas y Contaminantes Químicos en Leche Bovina Cruda Año 2025
- Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de residuos de plaguicidas y metales pesados en arroz importado y nacional Año 2025
- Línea Base de Acrilamida en Alimentos para Consumo Humano Nacional e Importado. Año 2025
- Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de Residuos de Medicamentos Veterinarios y Otras Sustancias Químicas en Huevos Frescos de Gallina Ponedora 2025
Planes subsectoriales 2024
- Plan Nacional de Vigilancia y Control de Rotulado de Producto Libre de OGM, Orgánico e Hipersensibilidad en Alimentos para Consumo Humano y Eventos OGM Autorizados en Materias Primas. Año 2024
- Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de Micotoxinas en Alimentos Procesados Año 2024
- Línea Base de Acrilamida en Alimentos Para Consumo Humano Nacional e Importado Año 2024
- Plan Nacional de Vigilancia de Cadmio en Cacao y Productos Derivados Año 2024
- Plan Nacional de Vigilancia y Control de Residuos de Plaguicidas y Metales Pesados en Alimentos de Origen Vegetal- Pulpa de Frutas Año 2024
- Plan Nacional de Vigilancia y Control de Residuos de Medicamentos Veterinarios y Plaguicidas, y Metales Pesados en Ovoproductos 2024
- Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de Residuos de Plaguicidas y Metales en Arroz Blanco Año 2024
- Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de Residuos de Medicamentos Veterinarios, Plaguicidas y Contaminantes Químicos en Leche Bovina Cruda 2024
- Plan Nacional Subsectorial de vigilancia y control de residuos de Medicamentos Veterinarios y otras Sustancias Químicas en Huevos Frescos de Gallina Ponedora 2024
Planes subsectoriales 2023
- Plan nacional de vigilancia y control de rotulados libre de OGM, organico e hipersensibilidad en alimentos y eventos OGM autorizados en materias primas 2023
- Plan nacional subsectorial de vigilancia y control de residuos de plaguicidas y contaminantes químicos en arroz 2023
- Plan nacional de vigilancia de cadmio en cacao y productos derivados 2023
- Plan nacional de vigilancia y control dee residuos de plaguicidas y metales pesados en alimentos de origen vegetal - pulpa de frutas 2023
- Plan nacional subsectorial de vigilancia y control de micotoxinas y acrilamida en alimentos procesados 2023
- Plan nacional de vigilancia y control de residuos de medicamentos veterinarios y plaguicidas, y metales pesados en ovoproductos 2023
- Plan nacional subsectorial de vigilancia y control de residuos de medicamentos veterninrios, plaguicidas y contaminantes químicos en leche bovina 2023
- Plan nacional subsectorial de vigilancia y control de residuos de Medicamnetos Veterinarios y otras sustanquias quimicas en huevos frescos de gallina ponedora 2023
Planes subsectoriales 2022
- Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de Residuos de Plaguicidas y Metales en Alimentos de Origen Vegetal (Arroz)-PNSVCR Año 2022
- Plan nacional subsectorial de vigilancia y control de residuos de medicamentos veterinarios y otras sustancias quimicas en huevos de gallina 2022
- Plan nacional subsectorial de vigilancia y control de residuos de medicamentos veterinarios y contaminantes químicos en leche bovina 2022
- Plan nacional de vigilancia de cadmio en cacao y productos derivados 2022
- Documento tecnico plan nacional de vigilancia y control de ogm en alimentos 2022
- Plan nacional subsectorial de vigilancia y control de micotoxinas en alimentos procesados durante el período 2022
- Plan nacional de vigilancia y control de residuos de plaguicidas y metales pesados en alimentos de origen vegetal - pulpa de frutas - año 2022
Planes subsectoriales 2021
- Informe Final sobre los resultados del plan nacional subsectorial de vigilancia y control de residuos de medicamentos veterinarios y otras sustancias en huevos de gallina Año 2021
- Plan nacional subsectorial de vigilancia y control de micotoxinas en alimentos procesados durante el periodo 2021
- Plan nacional subsectorial de vigilancia y control de residuos de medicamentos veterinarios y contaminantes químicos en leche bovina 2021
- Plan nacional subsectorial de vigilancia y control de residuos de medicamentos veterinarios y otras sustancias químicas en huevos de gallina 2021
- Plan nacional subsectorial de vigilancia y control de residuos de medicamentos veterinarios y contaminantes químicos en leche bovina 2021
- Plan nacional de vigilancia de cadmio (cd) en cacao y productos derivados año 2021
- Plan nacional de vigilancia y control de residuos de plaguicidas en alimentos de origen vegetal - pulpa de frutas - año 2021
- Plan nacional subsectorial de vigilancia y control de residuos de plaguicidas y metales pesados en arroz (PNSVCR-arroz-ICA-Invima)
- Anexo técnico Plan nacional subsectorial de vigilancia y control de residuos de plaguicidas y metales pesados en arroz (PNSVCR-arroz-ICA-Invima
- Plan de vigilancia de declaraciones de rotulado libres de OGM y orgánicos y eventos aprobados en materias primas - año 2021
Planes subsectoriales 2020
- Plan nacional subsectorial de vigilancia y control de residuos de medicamentos veterinarios y contaminantes químicos en leche bovina 2020
- Plan nacional subsectorial de vigilancia y control de residuos de medicamentos veterinarios y otras sustancias quimicas en huevos de gallina 2020
- Plan nacional de vigilancia en productos derivados de cacao para exportación (chocolate de mesa con o sin azúcar, cobertura de chocolate, chocolate de leche/barra de chocolate, cocoa o cacao en polvo con o sin azúcar) 2020
- Plan nacional de vigilancia y control de residuos de plaguicidas en alimentos de origen vegetal - pulpa de frutas - año 2020
- Anexo técnico Plan nacional subsectorial de vigilancia y control de residuos de plaguicidas y contaminantes químicos en arroz
- Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y control de Micotóxinas en alimentos procesados durante el período 2020
- Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de residuos de Plaguicidas y metales pesados en arroz 2019-2020
- Plan Nacional de Vigilancia en productos derivados del cacao para exportación 2020
- Plan Nacional de Vigilancia y Control de OGM en alimentos 2020
Planes subsectoriales 2019
- Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de Micotóxinas en alimentos procesados sdurante el período 2019 -2020
- Plan Nacional de Vigilancia en cacao y productos derivados 2019 - 2020
- Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de residuos de medicamentos veterinarios y contaminantes químicos en huevos de gallina 2019
- Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de residuos de medicamentos veterinarios y contaminantes químicos en leche bovina.
- Plan nacional de vigilancia y control de ogm en alimentos 2019
Planes subsectoriales 2018
- Plan nacional subsectorial de vigilancia y control de residuos de plaguicidas y metales en alimentos de origen vegetal (arroz)-PNSVCR 2018 - 2019 anexos
- Plan nacional de vigilancia y control de ogm en alimentos
- Plan nacional subsectorial de vigilancia y control de micotoxinas en alimentos procesados durante el período 2018 - 2019
- Anexos - plan nacional subsectorial de vigilancia y control de micotoxinas en alimentos procesados durante el período 2018 - 2019
- Plan nacional subsectorial de vigilancia y control de residuos de medicamentos veterinarios y contaminantes químicos en leche bovina
Planes subsectoriales 2017
- Plan nacional subsectorial de vigilancia y control de residuos de plaguicidas y metales en alimentos de origen vegetal (arroz)-PNSVCR 2017 – 2018
- Anexos - plan nacional subsectorial de vigilancia y control de residuos de plaguicidas y metales en alimentos de origen vegetal (arroz)-PNSVCR 2017 - 2018
- Plan nacional de vigilancia y control OGM en alimentos
- Plan nacional subsectorial de vigilancia y control de micotoxinas y conservantes en alimentos procesados durante el período 2017 - 2018
- Plan nacional subsectorial de vigilancia y control de residuos de plaguicidas y metales en alimentos de origen vegetal (hortofruticola)-PNSVRC 2017
Planes subsectoriales 2016
- Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de Acrilamida En Alimentos Procesados para el año 2016
- Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de Micotoxinas y Conservantes en Alimentos Procesados para el año 2016
- Programa Nacional de Vigilancia y Control de Cadmio en Productos Derivados del Cacao
Planes Nacionales Subsectoriales de Vigilancia y Control de OGM en alimentos - Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de Residuos de Plaguicidas y Metales en Alimentos de Origen Vegetal (Hortofruticola)
- Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de Migración Específica de Sustancias Químicas en Envases que estan en Contacto con Alimentos y Bebidas de Consumo Humano
- Plan Nacional de Control de Residuos de Medicamentos Veterinarios y Otras Sustancias Químicas Para Alimentos Derivados Cárnicos, Aceites y Salsa BBQ-Hidrocarburos Aromáticos Policiclicos
- Planes nacionales subsectoriales de vigilancia y control de residuos de medicamentos veterinarios y contaminantes químicos en bovinos de leche
Planes subsectoriales 2015
- Plan nacional subsectorial de vigilancia y control de residuos de medicamentos veterinarios y contaminantes químicos en bovinos de leche
- Programa de vigilancia y control de aflatoxinas y conservantes en arepas para el año 2015
- Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de acrilamida en alimentos
- Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de aflatoxinas y conservantes en arepa
- Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de Residuos de Plaguicidas y Metales en Alimentos de Origen Agricola (Hortofruticola)
- Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de Migración de Sustancias Químicas en Envases que Estan en Contacto con Alimentos y Bebidas de Consumo Humano
Planes subsectoriales 2014
- Informe de Resultados del Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de Residuos de Plaguicidas y Metales en Arroz para Consumo Humano Nacional e Importado Año 2023
- Informe de Resultados del Plan Nacional de Vigilancia y Control de Residuos De Medicamentos Veterinarios y Plaguicidas, y Metales Pesados en Ovoproductos – Año 2023
- Informe de Resultados del Plan Nacional de Vigilancia de Cadmio en Cacao y Productos Derivados del Cacao – Año 2023
- Informe de Resultados del Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de Micotoxinas y Acrilamidas en Alimentos Procesados – Año 2023
- Informe de Resultados del plan nacional de vigilancia y control de residuos de plaguicidas y metales pesados en productos de origen vegetal – pulpa de frutas – Año 2023
- Informe de Resultados del Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de Residuos de Medicamentos Veterinarios, Plaguicidas y Contaminantes Químicos en Leche Bovina – 2023
- Resultados del Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de Residuos de Medicamentos Veterinarios y Otras Sustancias Químicas en Huevos Frescos de Gallina Ponedora Año 2023
- Informe de Resultados del Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de Residuos de Medicamentos Veterinarios, Plaguicidas y Contaminantes Químicos en Leche Bovina – Segmento Segregado 2023
- Informe de Resultados del Plan Nacional de Vigilancia y Control de Organismos Genéticamente Modificados en Alimentos Año 2023
- Informe de Resultados del Plan Nacional de Vigilancia y Control de Residuos de Plaguicidas y Metales pesados en productos de origen vegetal - Pulpa de frutas Año 2022
- Informe de Resultados del Plan Nacional de Vigilancia y Control de Organismos Genéticamente Modificados en Alimentos Año 2022
- Informe de Resultados del Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de residuos de plaguicidas y metales pesados en Arroz Año 2022
- Informe de Resultados del Plan Nacional de Vigilancia de Cadmio en Cacao y Productos Derivados Año 2022
- Informe de resultados del Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de residuos de medicamentos veterinarios y otras sustancias químicas en huevos de gallina año 2022
- Informe de resultados plan nacional subsectorial de vigilacia y control de residuos de plaguicidas y contaminantes químicos en arroz 2021
- Informe Final sobre los resultados del plan nacional subsectorial de vigilancia y control de residuos de medicamentos veterinarios y otras sustancias en huevos de gallina Año 2021
- Informe del plan nacional subsectorial de vigilancia y control de residuos de medicamentos veterinarios y contaminantes químicos en leche 2021 - plan nacional
- Informe plan nacional de vigilancia y control de ogm en alimentos 2021
- Informe sobre los resultados del plan nacional subsectorial de vigilancia y control de micotoxinas en alimentos procesados durante el período 2021
- Informe de resultados del Plan Nacional de Vigilancia de Cadmio en Cacao y Productos derivados del cacao Año 2021
- Informe de los Resultados del Plan Nacional de Vigilancia y Control de residuos de plaguicidas en productos de origen vegetal - Pulpa de frutas Año 2021
- Informe Final Año 2020 sobre los resultados del plan nacional subsectorial de vigilancia y control de residuos de medicamentos veterinarios y otras sustancias en huevos de gallina
- Informe de resultados plan de vigilancia y control de residuos de medicamentos veterinarios y contaminantes químicos en leche – plan nacional 2020
- Informe plan nacional de vigilancia y control de ogm en alimentos 2020
- Informe plan nacional subsectorial de vigilancia y control de micotoxinas en alimentos 2020
- Informe Final sobre los Resultados del Plan Nacional de Vigilancia y Control de residuos de plaguicidas en productos de origen vegetal - Pulpa de fruta Año 2020
- Informe Final sobre los resultados del Plan Nacional de Vigilancia de Cadmio en Cacao y Productos derivados del cacao (Cacao, Chocolate de Mesa, Cobertura de Chocolate/Chocolatina de Leche)(2019–2020)
- Informe Final sobre los resultados del Plan nacional de vigilancia en productos derivados del cacao para exportación (Chocolate de mesa con o sin azúcar, Cobertura de chocolate, Chocolate de leche/Barra de Chocolate, Cocoa o Cacao en polvo con o sin azúcar) año 2020
- Informe Final Año 2019 sobre los resultados del plan nacional subsectorial de vigilancia y control de residuos de medicamentos veterinarios y otras sustancias en huevos de gallina Año 2019
- Informe de resultados del plan nacional subsectorial de vigilancia y control de residuos de medicamentos veterinarios y contaminantes químicos en leche bovina, año JULIO 2018 A JUNIO 2019
- Informe de resultados del Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de Residuos de Medicamentos Veterinarios y Contaminantes Químicos en leche bovina 2019 Segundo semestre
- Informe plan nacional de vigilancia y control de ogm en alimentos 2019
- Informe de resultados plan nacional subsectorial de vigilancia y control de residuos de plaguicidas y contaminantes químicos en arroz 2019-2021
- Informe plan nacional de vigilancia y control de ogm en alimentos 2018
- Informe de resultados del plan nacional subsectorial de vigilancia y control de micotoxinas en alimentos procesados durante el período 2018 - 2019
- Informe Final Año 2019 sobre los resultados del plan nacional subsectorial de vigilancia y control de residuos de medicamentos veterinarios y otras sustancias en huevos de gallina Año 2019
- Informe de resultados del plan nacional subsectorial de vigilancia y control de residuos de medicamentos veterinarios y contaminantes químicos en leche bovina, año JULIO 2018 A JUNIO 2019
- Informe de resultados del Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de Residuos de Medicamentos Veterinarios y Contaminantes Químicos en leche bovina 2019 Segundo semestre
- Informe plan nacional de vigilancia y control de ogm en alimentos 2019
- Informe de resultados plan nacional subsectorial de vigilancia y control de residuos de plaguicidas y contaminantes químicos en arroz 2019-2021
- Informe plan nacional de vigilancia y control de ogm en alimentos 2018
- Informe de resultados del plan nacional subsectorial de vigilancia y control de micotoxinas en alimentos procesados durante el período 2018 - 2019
- Resolución 3709 de 2015 - Por la cual se modifica parcialmente la Resolución número 4506 de 2013 modificada por la Resolución número 2671 de 2014
- Resolución 2671 de 2014 - Por la cual se modifica la Tabla 1 del artículo 4 de a Resolución 4506 de 2013
- Resolución 770 de 2014 - Por la cual se establecen las directrices para la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de los Planes Nacionales Subsectoriales de Vigilancia y Control de Residuos en Alimentos y se dictan otras disposiciones
- Resolución 4506 de 2013 - Por la cual se establecen los niveles máximos de contaminantes en los alimentos destinados al consumo y se dictan otras disposiciones
- Resolución 2674 de 2013 - Por la cual se reglamenta el artículo 126 del Decreto-ley 019 de 2012 y se dictan otras disposiciones
- Resolución 4254 de 2011 - Por medio de la cual se expide el Reglamento Técnico que establece disposiciones relacionadas con el rotulado o etiquetado de alimentos derivados de Organismos Genéticamente Modificados – OGM para consumo humano y con la identificación de materias primas para consumo humano que los contengan
- Resolución 2906 de 2007 - Por la cual se establecen los Límites Máximos de Residuos de Plaguicidas – LMR en alimentos para consumo humano y en piensos o forrajes
- Ley 9 de 1979 - Por la cual se dictan Medidas Sanitarias
¿Qué son las micotoxinas?
Las micotoxinas son metabolitos tóxicos producidos por varios hongos que pueden infectar y proliferar en varios productos agrícolas en el campo y durante el almacenamiento. Dentro de las micotoxinas vigiladas por el Invima se encuentran las aflatoxinas, el deoxinivalenol y la zearalenona.
¿En qué tipo de productos se verifica el nivel de micotoxinas?
La verificación se realiza en cereales y productos a base de cereales como: Arepas, maíz nacional e importado, harina de trigo y maíz.
¿Cuál es el nivel máximo de aflatoxinas permitido en productos a base de cereales?
El nivel máximo para la suma de aflatoxinas ( B1, B2, G1 y G2) en cereales y productos a base de cereales ( exceptuando el maíz y arroz que vayan a someterse a un proceso de selección u otro tratamiento antes del consumo) es de 4 microgramos/ kg, de acuerdo a lo establecido en la Resolución 4506 de 2013.
¿Qué es la acrilamida?
La acrilamida es un compuesto químico producido para una amplia variedad de aplicaciones industriales y en vista de los conocidos efectos tóxicos de esta sustancia, incluyendo genotoxicidad y carcinogenicidad. Este compuesto es formado principalmente en alimentos ricos en carbohidratos preparados o cocinados a altas temperaturas como papas chips, panes y galletas.
¿Existe en Colombia normatividad respecto al nivel máximo de acrilamida?
No, en Colombia no se cuenta actualmente con reglamentación sobre los niveles máximos de acrilamida.
¿Cuáles metales pesados son vigilados en productos de origen vegetal como el arroz?
Los metales monitoredos en el Plan Nacional Subsectorial de Vigilancia y Control de Residuos de Plaguicidad y Metales en productos de origen vegetal- arroz son el Arsénico (As), el Plomo (Pb) y el Cadmio (Cd).
Actividad orientada a persuadir al público con un mensaje comercial de un producto, marca, empresa o servicio, identificado por un diseño gráfico y/o caracterización sonora o visual, para que los consumidores tomen la decisión de compra o uso de un producto o servicio.
Actualmente el único alimento que requiere autorización previa de publicidad son las bebidas energizantes de acuerdo a lo establecido en la Resolución 4150 de 2009.
- Ajustarse a la denominación y la naturaleza del alimento según lo autorizado por el registro, permiso y/o notificación sanitaria del producto a publicitar
- Propender porque la información contenida en la publicidad no se contraponga a la promoción de hábitos saludables de alimentación.
- Se prohíbe hacer alusión a propiedades medicinales, preventivas o curativas, nutritivas o especiales que puedan dar lugar a apreciaciones falsas sobre la verdadera naturaleza, origen, composición o calidad del alimento o de la bebida (Art. 272, Ley 9 de 1979).
- En los rótulos o en cualquier otro medio de publicidad o propaganda, se deberá hacer clara indicación del origen natural o sintético de las materias primas básicas utilizadas en la elaboración de los alimentos o de las bebidas. (Art. 273, Ley 9 de 1979).La publicidad de alimentos y bebidas no deberá generar confusión al consumidor por afirmación u omisión.
- La publicidad de alimentos y bebidas no deberá sugerir que el alimento llena por si solo los requerimientos nutricionales del individuo, ni dar a entender que el producto tiene propiedades que sustituyan una alimentación equilibrada o que suministra en contenido y cantidad todos los nutrientes requeridos
A continuación encontrará los formatos que usted deberá utilizar para los trámites asociados a la autorización de publicidad de alimentos y bebidas.
- Resolución 3929 de 2013 - Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que deben cumplir las frutas y las bebidas con adición de jugo (zumo) o pulpa de fruta o concentrados de fruta, clarificados o no, o la mezcla de estos que se procesen, empaquen, transporten, importen y comercialicen en el territorio nacional. Deroga las resoluciones 15789 de 1984, 7992 de 1991 y el artículo 3 de la Resolución 14712 de 1984
- Resolución 4150 de 2009 - Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos que deben cumplir las Bebidas Energizantes para consumo humano
- Resolución 2674 de 2013 - Por la cual se reglamenta el artículo 126 del Decreto Ley 019 del 2012 y se dictan otras disposiciones
- Decreto 1397 de 1992 - Por el cual se promueve la lactancia materna, se reglamenta la comercialización y publicidad de los alimentos de formula para lactantes y complementarios de la leche materna y se dictan otras disposiciones
- Decreto 1686 de 2012 - Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano
- Ley 9 de 1979 - Por la cual se dictan Medidas Sanitarias
- Ley 124 de 1991
- Ley 30 de 1986 - Por la cual se adopta el Estatuto Nacional de Estupefacientes y se dictan otras disposiciones
¿Qué productos requieren de autorización previa de publicidad?
El único alimento que requiere de autorización previa de publicidad por parte del Invima son las bebidas energizantes, sin embargo todos los alimentos y bebidas deberán cumplir con lo relacionado con la reglamentación sanitaria relacionada con publicidad establecida en la Ley 9 de 1979 o en los reglamentos específicos que aplique.
¿Cuáles leyendas son obligatorias en la publicidad de bebidas energizantes?
“Contenido elevado en cafeína”. Entre paréntesis debe indicarse el contenido de cafeína expresado en mg/100ml.
“La Bebida Energizante no previene los efectos generados por el consumo de bebidas alcohólicas”.
“No se recomienda el consumo de bebidas energizantes con bebidas alcohólicas”.
“Este producto solo podrá ser comercializado, expendido y dirigido a población mayor de 14 años”.
“Este producto no es recomendado para personas sensibles a la cafeína”.
¿Cuáles leyendas son obligatorias en la publicidad de bebidas energizantes?
“Contenido elevado en cafeína”. Entre paréntesis debe indicarse el contenido de cafeína expresado en mg/100ml.
“La Bebida Energizante no previene los efectos generados por el consumo de bebidas alcohólicas”.
“No se recomienda el consumo de bebidas energizantes con bebidas alcohólicas”.
“Este producto solo podrá ser comercializado, expendido y dirigido a población mayor de 14 años”.
“Este producto no es recomendado para personas sensibles a la cafeína”.
¿Qué actividades realiza el Invima para el control de publicidad de alimentos y bebidas?
Además de la evaluación de peticiones, quejas y denuncias relacionadas con publicidad y de evidencias encontradas por inspectores en campo; el Invima suscribe anualmente un contrato de monitoreo de medios masivos de comunicación en los cuales se publicita alimentos y bebidas.
¿Qué ocurre cuando se evidencia algún incumplimiento en la publicidad de alimentos y bebidas?
Cuando se detecta alguna irregularidad en la publicidad de alimentos y bebidas, esta se evalúa al interior de la Dirección de Alimentos y Bebidas, y se informa del incumplimiento a la Dirección de Responsabilidad Sanitaria, donde se inicia el proceso para la imposición de multas y/o sanciones o se remite a la Dirección de Operaciones Sanitarias con el fin que se adelanten las acciones de Inspección, Vigilancia y Control a las que haya lugar.
- Ajustarse a la denominación y la naturaleza del alimento según lo autorizado por el registro, permiso y/o notificación sanitaria del producto a publicitar
- Propender porque la información contenida en la publicidad no se contraponga a la promoción de hábitos saludables de alimentación.
- Se prohíbe hacer alusión a propiedades medicinales, preventivas o curativas, nutritivas o especiales que puedan dar lugar a apreciaciones falsas sobre la verdadera naturaleza, origen, composición o calidad del alimento o de la bebida (Art. 272, Ley 9 de 1979).
- En los rótulos o en cualquier otro medio de publicidad o propaganda, se deberá hacer clara indicación del origen natural o sintético de las materias primas básicas utilizadas en la elaboración de los alimentos o de las bebidas. (Art. 273, Ley 9 de 1979).La publicidad de alimentos y bebidas no deberá generar confusión al consumidor por afirmación u omisión.
- La publicidad de alimentos y bebidas no deberá sugerir que el alimento llena por si solo los requerimientos nutricionales del individuo, ni dar a entender que el producto tiene propiedades que sustituyan una alimentación equilibrada o que suministra en contenido y cantidad todos los nutrientes requeridos
A continuación encontrará los formatos que usted deberá utilizar para los trámites asociados a la autorización de publicidad de alimentos y bebidas.
- Resolución 3929 de 2013 - Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que deben cumplir las frutas y las bebidas con adición de jugo (zumo) o pulpa de fruta o concentrados de fruta, clarificados o no, o la mezcla de estos que se procesen, empaquen, transporten, importen y comercialicen en el territorio nacional. Deroga las resoluciones 15789 de 1984, 7992 de 1991 y el artículo 3 de la Resolución 14712 de 1984
- Resolución 4150 de 2009 - Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos que deben cumplir las Bebidas Energizantes para consumo humano
- Resolución 2674 de 2013 - Por la cual se reglamenta el artículo 126 del Decreto Ley 019 del 2012 y se dictan otras disposiciones
- Decreto 1397 de 1992 - Por el cual se promueve la lactancia materna, se reglamenta la comercialización y publicidad de los alimentos de formula para lactantes y complementarios de la leche materna y se dictan otras disposiciones
- Decreto 1686 de 2012 - Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano
- Ley 9 de 1979 - Por la cual se dictan Medidas Sanitarias
- Ley 124 de 1991
- Ley 30 de 1986 - Por la cual se adopta el Estatuto Nacional de Estupefacientes y se dictan otras disposiciones
¿Qué productos requieren de autorización previa de publicidad?
El único alimento que requiere de autorización previa de publicidad por parte del Invima son las bebidas energizantes, sin embargo todos los alimentos y bebidas deberán cumplir con lo relacionado con la reglamentación sanitaria relacionada con publicidad establecida en la Ley 9 de 1979 o en los reglamentos específicos que aplique.
¿Cuáles leyendas son obligatorias en la publicidad de bebidas energizantes?
“Contenido elevado en cafeína”. Entre paréntesis debe indicarse el contenido de cafeína expresado en mg/100ml.
“La Bebida Energizante no previene los efectos generados por el consumo de bebidas alcohólicas”.
“No se recomienda el consumo de bebidas energizantes con bebidas alcohólicas”.
“Este producto solo podrá ser comercializado, expendido y dirigido a población mayor de 14 años”.
“Este producto no es recomendado para personas sensibles a la cafeína”.
¿Cuáles leyendas son obligatorias en la publicidad de bebidas energizantes?
“Contenido elevado en cafeína”. Entre paréntesis debe indicarse el contenido de cafeína expresado en mg/100ml.
“La Bebida Energizante no previene los efectos generados por el consumo de bebidas alcohólicas”.
“No se recomienda el consumo de bebidas energizantes con bebidas alcohólicas”.
“Este producto solo podrá ser comercializado, expendido y dirigido a población mayor de 14 años”.
“Este producto no es recomendado para personas sensibles a la cafeína”.
¿Qué actividades realiza el Invima para el control de publicidad de alimentos y bebidas?
Además de la evaluación de peticiones, quejas y denuncias relacionadas con publicidad y de evidencias encontradas por inspectores en campo; el Invima suscribe anualmente un contrato de monitoreo de medios masivos de comunicación en los cuales se publicita alimentos y bebidas.
¿Qué ocurre cuando se evidencia algún incumplimiento en la publicidad de alimentos y bebidas?
Cuando se detecta alguna irregularidad en la publicidad de alimentos y bebidas, esta se evalúa al interior de la Dirección de Alimentos y Bebidas, y se informa del incumplimiento a la Dirección de Responsabilidad Sanitaria, donde se inicia el proceso para la imposición de multas y/o sanciones o se remite a la Dirección de Operaciones Sanitarias con el fin que se adelanten las acciones de Inspección, Vigilancia y Control a las que haya lugar.