CAFÉ VERDE ORGÁNICO ALTO CONTENIDO EN FIBRA NATURAL LIBRE DE GLUTEN
Producto
| Producto | Registro sanitario | Titular | Lote / Serial |
|---|---|---|---|
| CAFÉ VERDE ORGÁNICO ALTO CONTENIDO EN FIBRA NATURAL LIBRE DE GLUTEN | Sin registro sanitario | — | — |
Descripción del caso
Descripción del caso
El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos-Invima identificó a través de denuncia y acciones de inspección, vigilancia y control, la comercialización fraudulenta del producto “CAFÉ VERDE ORGÁNICO ALTO CONTENIDO EN FIBRA NATURAL LIBRE DE GLUTEN” con registro sanitario falso RTCA5388602 y la Notificación sanitaria falsa NSA-1932041-2020, los cuales no han sido otorgados por el Invima, incumpliendo con la normatividad sanitaria vigente para alimentos y bebidas según lo establecido en el artículo 3 literales b, c y d de la Resolución 2674 de 2013:
“(…) b) Su envase, rótulo o etiqueta contenga diseño o declaración ambigua, falsa o que pueda inducir o producir engaño o confusión respecto de su composición intrínseca y uso. (…)”.
“(…) c) No proceda de sus verdaderos fabricantes o importadores declarados en el rótulo o que tenga la apariencia y caracteres generales de un producto legítimo, protegido o no por marca registrada y que se denomine como éste, sin serlo. (…)”
“(…) d) Aquel producto que de acuerdo a su riesgo y a lo contemplado en la presente resolución, requiera de registro, permiso o notificación sanitaria y sea comercializado, publicitado o promocionado como un alimento, sin que cuente con el respectivo registro, permiso o notificación sanitaria. (…)”
Igualmente, este producto no está aprobado por este Instituto como suplemento alimenticio, suplemento dietario y/o fitoterapéutico, incumpliendo con la normatividad sanitaria vigente según el Decreto 3249 de 2006 “Por el cual se reglamenta la fabricación, comercialización. envase, rotulado o etiquetado, régimen de registro sanitario, de control de calidad, de vigilancia y control sanitarios de los suplementos dietarios”.
Por otro lado, se comunica que el producto “CAFÉ VERDE ORGÁNICO ALTO CONTENIDO EN FIBRA NATURAL LIBRE DE GLUTEN” está siendo promocionado en plataformas de comercio electrónico como suplemento alimenticio quemador de grasa, declarando propiedades en salud, preventivas, curativas y/o terapéuticas, entre las que se encuentra, el fortalecimiento del sistema inmunológico, reducción del nivel de colesterol y triglicéridos, elimina la gastritis, regenera la flora intestinal entre otras declaraciones.
Así mismo, incumple con la normatividad sanitaria vigente para alimentos y bebidas, según lo establecido en los artículos 272 y 274 de la Ley 9 de 1979 y la resolución 5109 de 2005 – artículos 4 y 5.
"(...) ARTICULO 272. En los rótulos o cualquier otro medio de publicidad, se prohíbe hacer alusión a propiedades medicinales, preventivas o curativas, nutritivas o especiales que puedan dar lugar a apreciaciones falsas sobre la verdadera naturaleza, origen, composición o calidad del alimento o de la bebida. (...)"
“(…) ARTICULO 274. Los alimentos o bebidas en cuyo rótulo o propaganda se asignen propiedades medicinales, se considerarán como medicamentos y cumplirán, además, con los requisitos establecidos para tales productos en la presente Ley y sus reglamentaciones. (…)” .
Se recuerda que el cumplimiento de la normatividad sanitaria vigente es responsabilidad de los titulares de los registros, permisos y/o notificaciones sanitarias de los alimentos y bebidas comercializadas en el país. Esta responsabilidad puede ser extendida a fabricantes, comercializadores e importadores, así no sean titulares, según lo establecido en el artículo 47 de la Resolución 2674 de 2013.
Por lo anterior, se trata de un producto fraudulento, y bajo estas condiciones no debe ser comercializado en el país.
Medidas
Medidas para la comunidad en general
Medidas para la comunidad en general
1. El Invima solicita a la población abstenerse de adquirir el producto relacionado en esta alerta: CAFÉ VERDE ORGÁNICO ALTO CONTENIDO EN FIBRA NATURAL LIBRE DE GLUTEN
2. A los consumidores que hayan adquirido este producto se les recomienda suspender su consumo.
3. El Invima recomienda consultar de manera permanente la aplicación web https://app.invima.gov.co/alertas/alertas-alimentos-bebidas y redes sociales oficiales @invimacolombia (X, Instagram, Facebook) para conocer información relacionada con alimentos y/o bebidas que puedan afectar la salud de los colombianos.
4. Para su información, a través del siguiente enlace podrá consultar las autorizaciones de comercialización de alimentos y bebidas, otorgadas por el Invima: https://www.invima.gov.co/consulta-registros-sanitarios
Medidas para las secretarías de salud departamentales, distritales y municipales
Medidas para las secretarías de salud departamentales, distritales y municipales
1. Realizar la búsqueda activa del producto CAFÉ VERDE ORGÁNICO ALTO CONTENIDO EN FIBRA NATURAL LIBRE DE GLUTEN, relacionado en la presente alerta.
2. Realizar las acciones de inspección, vigilancia y control en los establecimientos de su competencia que potencialmente puedan comercializar este producto y tomar las medidas sanitarias a que haya lugar.
3. Dar a conocer la alerta sanitaria del Invima (versión original) en los medios de comunicación que tengan disponibles (página web, redes sociales, entre otros).
4. Informar al Invima en caso de encontrar este producto.
Medidas para los establecimientos distribuidores y comercializadores
1. El producto CAFÉ VERDE ORGÁNICO ALTO CONTENIDO EN FIBRA NATURAL LIBRE DE GLUTEN relacionado en la presente alerta “NO” debe ser distribuido ni comercializado en Colombia. En caso de evidenciarse en el mercado, será sujeto de la aplicación de medidas sanitarias de seguridad.
2. La comercialización de alimentos y bebidas tanto en establecimientos físicos y comercio en línea a través de plataformas electrónicas y redes sociales deben cumplir con la normatividad sanitaria vigente en Colombia.
Medidas para otras autoridades competentes en aspectos de ilegalidad
1. Intensificar las acciones de inspección, vigilancia y control, IVC, en el marco de su competencia en aquellos lugares no autorizados y en sitios que están fuera de la vigilancia del Invima y de las entidades territoriales de salud.
2. Dar a conocer la alerta sanitaria del Invima (versión original) en los medios de comunicación que tengan disponibles (página web institucional, redes sociales, entre otros).