COCTEL EN ESFERAS MARCA SHOTBOOM
Producto
| Producto | Registro sanitario | Titular | Lote / Serial |
|---|---|---|---|
| COCTEL EN ESFERAS MARCA SHOTBOOM | Autorización para comercialización del producto: no existe, no autorizado por el Invima. | — | — |
Descripción del caso
Descripción del caso
El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos-Invima identificó mediante denuncia y acciones de Inspección, Vigilancia y Control, la comercialización fraudulenta del producto “COCTEL EN ESFERAS MARCA SHOTBOOM" en plataformas de comercio electrónico, redes sociales y sitios web, promocionándolo como productos que han sido elaborados con licores (bebidas alcohólicas), los cuales no cuentan con autorización sanitaria otorgada por el Invima. Por lo tanto, se está incumpliendo con la normatividad sanitaria vigente para bebidas alcohólicas, Decreto 1686 de 2012 “Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento. distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano”, y sus modificaciones. Además, el producto en cuestión no cumple con lo relacionado a rotulado y leyendas obligatorias, según las disposiciones de la citada reglamentación.
El producto “COCTEL EN ESFERAS MARCA SHOTBOOM" es una bebida alcohólica fraudulenta de acuerdo con la definición del artículo 1 del Decreto 162 de 2021, por medio del cual se modifica el Decreto 1686 de 2012.
“(...)Bebida alcohólica fraudulenta. Es aquella bebida alcohólica que:
1. No posee registro sanitario.
2. Es importada sin el cumplimiento de los requisitos señalados por las normas sanitarias vigentes.
3. Incumple con los requisitos exigidos por la legislación sanitaria vigente.
4. Se designa, comercializa, distribuye, expende o suministra con nombre o calificativo distinto al aprobado por la autoridad sanitaria.
5. En su envase o rótulo contiene diseño o declaraciones que puedan inducir a engaño respecto de su composición u origen.
6. Requiere declarar fecha de vencimiento y se comercializa cuando esta haya expirado.
7. Tiene apariencia y características aprobadas por la autoridad sanitaria sin serlo y que no procede de los verdaderos fabricantes. (...)”.
Bajo dichas condiciones el producto “COCTEL EN ESFERAS MARCA SHOTBOOM", no debe ser comercializados en el país.
Medidas
Medidas para la comunidad en general
Medidas para la comunidad en general
1. El Invima solicita a la población abstenerse de adquirir el producto relacionado en esta alerta.
2. A los consumidores que hayan adquirido este producto se les recomienda suspender su consumo.
3. El Invima recomienda consultar de manera permanente la aplicación web https://app.invima.gov.co/alertas/alertas-alimentos-bebidas y redes sociales oficiales @invimacolombia (X, Instagram, Facebook) para conocer información relacionada con alimentos y/o bebidas que puedan afectar la salud de los colombianos.
Para su información, a través del siguiente enlace podrá consultar las autorizaciones de comercialización de alimentos y bebidas, otorgadas por el Invima en:
http://consultaregistro.invima.gov.co/Consultas/consultas/consreg_encabcum.jsp
Medidas para las secretarías de salud departamentales, distritales y municipales
Medidas para las secretarías de salud departamentales, distritales y municipales
1. Realizar la búsqueda activa del producto relacionado en la alerta.
2. Realizar las acciones de Inspección, Vigilancia y Control en los establecimientos de su competencia que potencialmente puedan comercializar este producto y tomar las medidas sanitarias a que haya lugar.
3. Dar a conocer la alerta sanitaria del Invima (versión original) en los medios de comunicación que tengan disponibles (página web, redes sociales, entre otros).
4. Informar al Invima en caso de encontrar este producto.