EROGAN potenciador masculino
Producto
| Producto | Registro sanitario | Titular | Lote / Serial |
|---|---|---|---|
| EROGAN potenciador masculino | Sin registro sanitario | — | — |
Descripción del caso
Descripción del caso
El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos – Invima identificó la comercialización fraudulenta del alimento denominado: “EROGAN 30 CÁPSULAS NATURAL PRODUCTS”, en la forma farmacéutica cápsulas, con Registro Sanitario de Alimento RSA-0014624-2021, el cual se encuentra suspendido. Además, el citado producto se encuentra vinculado con las alertas sanitarias No.293-2023 y 334-2023, emitidas por el Invima en el año 2023, debido a que su comercialización como medicamento y suplemento dietario es ilegal.
Es preciso resaltar que dicho producto se está comercializando en plataformas electrónicas, bajo expectativas o promesas que no corresponden con su verdadera naturaleza como: “aumento de la producción de testosterona, para mejorar el rendimiento deportivo, ayudar a bajar de peso, mejorar la libido y el rendimiento sexual, mejorar la calidad de las erecciones, promover la confianza y autoestima sexual”. Además, se identificó que hace proclamas como evitar enfermedades del hígado y la vesícula biliar, antiinflamatorios, anti alergénicos, antioxidantes, astringentes, para la cicatrización de heridas u otras propiedades medicinales, preventivas o curativas, entre otros usos.
En tal sentido, el producto de la presente alerta está incumpliendo las disposiciones de la reglamentación sanitaria vigente para alimentos y bebidas, en particular las siguientes:
Artículos 272 y 274 de la ley 9 de 1979, por declarar en el rotulado propiedades en salud, preventivas, curativas y/o terapéuticas, lo cual no está permitido para alimentos y bebidas:
“(…) ARTÍCULO 272.- En los rótulos o cualquier otro medio de publicidad, se prohíbe hacer alusión a propiedades medicinales, preventivas o curativas, nutritivas o especiales que puedan dar lugar a apreciaciones falsas sobre la verdadera naturaleza, origen, composición o calidad del alimento o de la bebida. (…)”.
“(…) ARTÍCULO 274.- Los alimentos o bebidas en cuyo rótulo o propaganda se asignen propiedades medicinales, se considerarán como medicamentos y cumplirán, además, con los requisitos establecidos para tales productos en la presente Ley y sus reglamentaciones. (…)”.
Resolución 2674 de 2013, artículo 3 literal b, establece que:
“(…)
Alimento fraudulento (…)
b) Su envase, rótulo o etiqueta contenga diseño o declaración ambigua, falsa o que pueda inducir o producir engaño o confusión respecto de su composición intrínseca y uso. (...)”.
Por lo anterior, se trata de un alimento fraudulento y, bajo estas condiciones, no debe ser comercializado en el país.
Medidas
Medidas para la comunidad en general
Medidas para la comunidad en general
1. El Invima solicita a la población abstenerse de adquirir el producto relacionado en esta alerta.
2. A los consumidores que hayan adquirido este producto se les recomienda suspender su consumo.
3. El Invima recomienda consultar de manera permanente la aplicación web https://app.invima.gov.co/alertas/alertas-alimentos-bebidas y redes sociales oficiales @invimacolombia (X, Instagram, Facebook) para conocer información relacionada con alimentos y/o bebidas que puedan afectar la salud de los colombianos.
En el siguiente enlace se podrá consultar las autorizaciones de comercialización de alimentos y bebidas:
https://consultaregistro.invima.gov.co/Consultas/consultas/consreg_encabcum.jsp
Medidas para las secretarías de salud departamentales, distritales y municipales
Medidas para las Secretarías de Salud Departamentales, Distritales y Municipales
1. Realizar la búsqueda activa del producto relacionado en la alerta.
2. Realizar las actividades de Inspección, Vigilancia y Control en los establecimientos de su competencia que potencialmente puedan distribuir y comercializar este producto y tomar las medidas sanitarias a que haya lugar.
3. Dar a conocer la alerta sanitaria original del Invima en los medios de comunicación que tengan disponibles (página web, redes sociales, entre otros).
4. Informar al Invima en caso de encontrar este producto.