Publica Dirección de Medicamentos y Productos Biológicos
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Alerta sanitaria Producto fraudulento
ALERTA No. 185-2020

Gyrol I y Gyrol II

Publicada el 09-12-2020

Producto

Producto Registro sanitario Titular Lote / Serial
Gyrol I y Gyrol II

Descripción del problema

El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos - Invima alerta a la ciudadanía sobre la comercialización fraudulenta de los productos Gyrol I y Gyrol II, los cuales se promocionan como medicamentos homeopáticos.

Estos productos no cuentan con registro sanitario Invima y por lo tanto su comercialización en Colombia es ilegal.

Al no estar amparados bajo un registro sanitario, las condiciones de seguridad y eficacia de los productos no han sido comprobadas y de acuerdo con la normatividad sanitaria vigente se trata de productos fraudulentos, que no garantizan el cumplimiento de criterios de calidad.

El Invima alerta a la población sobre los posibles riesgos para la salud a los que se exponen en caso de suministrar o usar estos productos.

Recomendaciones

Recomendaciones para la comunidad en general

1. Absténgase de adquirir los productos Gyrol I y Gyrol II.

2. Informe de manera inmediata al Invima o entes de salud territoriales si por cualquier motivo usted tiene conocimiento de lugares donde se distribuyan o comercialicen estos productos.

3. Si ha presentado algún evento adverso, asociado al consumo de estos productos, repórtelo de manera inmediata a través del sitio web del Invima en “Medicamentos y productos biológicos” “Reporte de eventos adversos para pacientes”, o acceda al enlace que se encuentra al final de esta alerta.

Recomendaciones para IPS, EAPB y profesionales de la salud

1. Absténgase de comercializar, distribuir y utilizar este producto.

2. En el evento de encontrar existencias, ponga en cuarentena los productos e informe a la secretaría de salud.

Recomendaciones para establecimientos

Absténganse de distribuir y comercializar estos productos, so pena de ser sujeto de la aplicación de medidas sanitarias y procesos sancionatorios.

Recomendaciones para las Entidades Territoriales de Salud

1. Realice las actividades de inspección, vigilancia y control en los establecimientos de su competencia, donde potencialmente puedan distribuir o comercializar estos productos y tomar las medidas sanitarias a que haya lugar.

2. Informe al Invima en caso de hallar estos productos.

3. Reporte los eventos adversos asociados al consumo de este medicamento al Programa Nacional de Farmacovigilancia del Invima.

Medidas para la Red Nacional de Vigilancia

El Invima solicita que desde los programas institucionales de farmacovigilancia se realice la búsqueda activa para la detección de reacciones adversas que involucren estos productos y se notifiquen al Invima.

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