PRODUCTOS DENOMINADOS PEPTIDOS DE LA MARCA BIOTECH PEPTIDES QUE NO CUENTAN CON REGISTRO SANITARIO
Producto
| Producto | Registro sanitario | Titular | Lote / Serial |
|---|---|---|---|
| PRODUCTOS DENOMINADOS PEPTIDOS DE LA MARCA BIOTECH PEPTIDES QUE NO CUENTAN CON REGISTRO SANITARIO | Sin registro sanitario | — | — |
Descripción del problema
El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos - Invima, advierte a la ciudadanía sobre la comercialización de los productos fraudulentos DENOMINADOS PEPTIDOS DEBIOTECH PEPTIDES QUE NO CUENTAN CON REGISTRO SANITARIO:
- GHK-CU
- TESAMORLEIN
- RETATRUTIDE
- GLOW
- IPAMORELIN
- MOTS C
- NAD+
- IGF-LR3
- GLUTHATIONE
- KLOW
- SEMAX
- IGF-1
- TB-500
- BPC-157 Y CJC-1295
- CAGRILINTINE
- AOD-9604
- PT-141(Bremelanotida)
- SNAP-8
- DSIP
- KISSPEPTIN
Los productos objeto de esta alerta no se encuentran en la base de datos de registros sanitarios de la Dirección de Medicamentos y Productos Biológicos, bajo ninguna modalidad, ya sea fabricar y vender o importar y vender. Por lo tanto, no pueden ser comercializados ni distribuidos en el territorio colombiano.
Estos productos denominados “péptidos” de la marca Biotech Peptides, se consideran fraudulentos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto 677 de 1995 al no estar amparados con registro sanitario.
Estas sustancias se comercializan como “research chemicals” (productos químicos de investigación), suplementos o preparados magistrales, sin haber culminado los procesos regulatorios requeridos para ser considerados medicamentos autorizados. Por tal motivo, su utilización puede implicar riesgos asociados a la ausencia de evaluación formal de seguridad, eficacia, calidad farmacéutica y farmacovigilancia
Los productos referidos en esta alerta no han surtido el proceso de evaluación regulatoria exigido por la autoridad sanitaria colombiana para demostrar su calidad, seguridad y eficacia requisitos necesarios para su autorización. En ese sentido, la comercialización de estos productos, promocionados con propiedades terapéuticas está incumpliendo la normatividad sanitaria vigente,
Igualmente, se hace un llamado a la ciudadanía para que siempre verifique si tienen número de registro sanitario el producto antes de utilizarlo, verificando su autenticidad a través del siguiente enlace link http://consultaregistro.invima.gov.co/Consultas/consultas/consreg_encabcum.jsp seleccionando en grupo, el tipo de producto (medicamento, suplemento dietario, etc.) y realizando la búsqueda por nombre de producto, registro sanitario o principio activo.
Recomendaciones
Recomendaciones para la comunidad en general
1. Absténgase de adquirir los PRODUCTOS DENOMINADOS PEPTIDOS DE LA MARCA BIOTECH PEPTIDES QUE NO CUENTAN CON REGISTRO SANITARIO:
- GHK-CU
- TESAMORLEIN
- RETATRUTIDE
- GLOW
- IPAMORELIN
- MOTS C
- NAD+
- IGF-LR3
- GLUTHATIONE
- KLOW
- SEMAX
- IGF-1
- TB-500
- BPC-157 Y CJC-1295
- CAGRILINTINE
- AOD-9604
- PT-141(Bremelanotida)
- SNAP-8
- DSIP
- KISSPEPTIN
2. No compre medicamentos ni productos Fitoterapéuticos, ni suplementos dietarios sin registro sanitario vigente, ya que estos productos pueden contener ingredientes que ponen en riesgo su salud. Tenga en cuenta que muchos de estos productos fraudulentos, se comercializan por diferentes canales como son los establecimientos comerciales, páginas web, redes sociales y cadenas de WhatsApp.
3. Si está consumiendo los productos fraudulentos
descritos en esta alerta:
a) Suspenda de inmediato su uso, debido a los riesgos que pueden representar para su salud.
b) Informe de manera inmediata al Invima o entes de salud territorial los datos que conozca sobre los lugares donde se distribuya o comercialice estos productos fraudulentos.
c) Si ha presentado algún evento adverso, asociado a su consumo, repórtelo de manera inmediata a través del siguiente enlace: https://vigiflow-eforms.who-umc.org/co/medicamentos o a través del correo electrónico invimafv@invima.gov.co
4. Informe de manera inmediata al Invima o entes de salud territorial si por cualquier motivo usted tiene conocimiento de lugares donde se distribuya o comercialice estos productos.
Recomendaciones para IPS, EAPB y profesionales de la salud
1. En el evento de encontrar pacientes que consuman los PRODUCTOS DENOMINADOS PEPTIDOS DE LA MARCA BIOTECH PEPTIDES QUE NO CUENTAN CON REGISTRO SANITARIO se debe indicar la suspensión del consumo de este e informar sobre los posibles riesgos para la salud que se pudieran presentar: (ver imagen)
- GHK-CU
- TESAMORLEIN
- RETATRUTIDE
- GLOW
- IPAMORELIN
- MOTS C
- NAD+
- IGF-LR3
- GLUTHATIONE
- KLOW
- SEMAX
- IGF-1
- TB-500
- BPC-157 Y CJC-1295
- CAGRILINTINE
- AOD-9604
- PT-141(Bremelanotida)
- SNAP-8
- DSIP
- KISSPEPTIN
2. Notifique al Invima sobre la adquisición del producto mencionado con los datos suministrados por los pacientes sobre la dirección y medio de adquisición de los productos fraudulentos.
Recomendaciones para establecimientos
Absténgase de distribuir y comercializar los productos fraudulentos relacionados en esta alerta previamente mencionados, pues su comercialización puede implicar ser sujeto de la aplicación de medidas sanitarias de seguridad.
Recomendaciones para las Entidades Territoriales de Salud
1. Realice las actividades de inspección, vigilancia y control en los establecimientos de su competencia, donde potencialmente se pueda comercializar los PRODUCTOS DENOMINADOS PEPTIDOS DE LA MARCA BIOTECH PEPTIDES QUE NO CUENTAN CON REGISTRO SANITARIO:
- GHK-CU
- TESAMORLEIN
- RETATRUTIDE
- GLOW
- IPAMORELIN
- MOTS C
- NAD+
- IGF-LR3
- GLUTHATIONE
- KLOW
- SEMAX
- IGF-1
- TB-500
- BPC-157 Y CJC-1295
- CAGRILINTINE
- AOD-9604
- PT-141(Bremelanotida)
- SNAP-8
- DSIP
- KISSPEPTIN
2. Tome las medidas a que haya lugar y gestione su destrucción.
3. Informe al Invima en caso de hallar estos productos en algún establecimiento o canal web.
4. Replique o difunda esta alerta con las Entidades Administradoras de Planes de Beneficio – EAPB, Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud – IPS y demás actores del sector salud de su competencia.
Medidas para la Red Nacional de Vigilancia
El Invima solicita que, desde los programas institucionales de Farmacovigilancia se realice la búsqueda activa para la detección de reacciones adversas que involucren los productos previamente mencionados y notifique al Invima.