Aclaración sobre autorización de capacitadores para manipuladores de carne y productos cárnicos comestibles
La Circular 4000-494-2024 de INVIMA aclara que los capacitadores de manipuladores de carne y productos cárnicos comestibles en plantas de beneficio animal, desposte, desprese y establecimientos acondicionadores no requieren autorización de una Entidad Territorial de Salud. La capacitación debe ser continua y realizada por personal calificado, conforme a la normatividad vigente. INVIMA no exige este requisito en sus procesos de inspección y control.
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