Consideraciones sobre el rotulado de vinos, vinos aromatizados, vinos espumosos y champañas importados de la Unión Europea
La Circular Externa N° 006 establece que los vinos, vinos aromatizados, vinos espumosos y champañas importados de la Unión Europea no deben incluir información nutricional ni de ingredientes en su etiquetado en Colombia, conforme al Decreto 1686 de 2012. Los importadores deben acondicionar las etiquetas para cubrir cualquier información nutricional antes de comercializar los productos en el país.
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