En cumplimiento de lo previsto por la Resolución 2548 de 2025 de la Comunidad Andina (CAN), el Invima mediante la Resolución 2026007526 del 17 de febrero de 2026 procedió a la cancelación de las Notificaciones Sanitarias Obligatorias (NSO) correspondientes a productos que contenían los ingredientes prohibidos Trimethylbenzoyl Diphenylphosphine Oxide (TPO) y N,N-dimetil-p-toluidine (DMPT), de acuerdo con lo establecido en el artículo 3 de la norma.
Esta decisión se adoptó como parte de las acciones de protección a la salud pública en el espacio comunitario, tras la evidencia científica que confirma los riesgos carcinogénicos, tóxicos para la reproducción y de sensibilización cutánea asociados a estas sustancias.
Dentro de la revisión realizada por el Invima se informa que con fecha 12 de marzo de 2026 mediante Resolución 2026012368 se cancelaron las notificaciones sanitarias obligatorias de los siguientes productos que no fueron sujeto de cancelación en la primera revisión realizada por el Invima:
En el mismo sentido, los siguientes productos realizaron la reformulación con anterioridad a la entrada en vigor de la Resolución 2548 de 2025 y por tanto fueron excluidos del listado de cancelaciones de la notificación sanitaria obligatoria inicialmente publicada y a la fecha; su notificación sanitaria obligatoria se encuentra vigente:
Desde el Invima continuamos comprometidos con la protección de todos.