Bebidas hidratantes para deportistas
Son catalogadas como ALIMENTOS y corresponden a una bebida no alcohólica, la cual está destinada fundamentalmente a CALMAR LA SED, reemplazar el agua y los electrolítos pérdidos durante EL EJERCICIO FÍSICO
Sales de Hidratación oral
Son productos clasificados como medicamentos con condición de venta sin fórmula médica, favorece la reposición de líquidos y electrolitos, evitando la deshidratación ocasionada por alguna afección médica
Puede generar hipernatremia (niveles anormales altos de sodio en la sangre), aumentar los síntomas gastrointestinales y la deshidratación
Algunos sueros de hidratación oral están indicados principalmente en casos de deshidratación de leve a moderada o de moderada a grave provocada por vómitos, diarrea intensa o estados de salud que causen una pérdida rápida de líquidos y electrolitos, por lo cual deberán consumirse de acuerdo con su concentración; otros, están indicados para la prevención temprana de la deshidratación en situaciones de riesgo. Adicionalmente, estos productos incluyen contraindicaciones, precauciones y advertencias como todo medicamento. El contenido de electrolitos depende de la indicación aprobada en las normas farmacológicas, correspondiente a valores establecidos que difieren en cantidad y contenido para producir el efecto farmacológico sobre la salud del paciente.
Sin embargo, es importante recomendar que su consumo sea moderado y bajo supervisión médica, sobre todo en pacientes pediátricos. El uso excesivo de estos sueros puede resultar en hipernatremia (elevación de sodio en la sangre) y no deben ser consumidos por personas con condiciones como insuficiencia cardíaca, renal, hipertensión, edemas o en tratamiento con medicamentos que retienen sodio como corticoesteroides. No están indicados como bebidas hidratantes en general, ni para aliviar dolores de cabeza o resacas, y al ser un medicamento, no deben mezclarse con bebidas alcohólicas.
¡Ojito ahí mi gente!
¿Qué normas regulan la publicidad de los sueros orales para hidratación y de las bebidas hidratantes?
Sueros orales para hidratación Resolución 1896 de 2023, vigilada por el Invima
Su publicidad y promoción están reguladas por Invima y deben cumplir con normas estrictas que prohíben mensajes engañosos o que induzcan al uso no autorizado. Deben estar enfocadas en el uso indicado del producto; es decir, para la reposición de líquidos y electrolitos en situaciones de deshidratación.
De igual manera, se recomienda evitar combinación con otros medicamentos de venta libre como analgésicos, sin la adecuada supervisión médica.
Bebidas hidratantes para deportistas
Como son alimentos, cuentan con otra norma diferente que les regula, esta es el Decreto 2229 de 1994, donde se establece que no requieren de autorización previa de sus piezas publicitarias.
¿Cómo diferencio las etiquetas de sales o sueros orales para hidratación de las bebidas hidratantes para deportistas?
Para diferenciar la información de las etiquetas de las sales o sueros orales para hidratación (medicamentos), de las etiquetas de bebidas hidratantes para deportistas (alimentos), debes tener en cuenta lo siguiente:
Las sales o sueros orales para hidratación deben incluir las leyendas sanitarias de obligatorio cumplimiento: "Es un medicamento". "No exceder su consumo". "Leer indicaciones y contraindicaciones en la etiqueta". "Si los síntomas persisten, consultar al médico". Además de lo anterior, incluir también el registro sanitario (p.ej.: 20XX-M000XXX).
Las etiquetas para bebidas hidratantes para deportistas, por clasificarse como alimentos, deben cumplir con los siguientes lineamientos:
- Dar cumplimiento a lo establecido en la Resoluciones 810 de 2021 y 2492 de 2022 en cuanto a rotulado nutricional.
- En el rotulado y las actividades de promoción o publicidad no deben hacer alusión a propiedades medicinales, preventivas o curativas, nutritivas o especiales que puedan dar lugar a apreciaciones falsas sobre la verdadera naturaleza, origen, composición o calidad de la bebida hidratante energética para deportistas dando cumplimiento a los artículos 272 y 273 de la Ley 9 de 1979.
Es importante conocer la información de las etiquetas para asegurarse de que está consumiendo el producto adecuado, debido a que ambos productos tienen condición de venta libre para su comercialización.
De otra parte, respecto a su adquisición, se requiere que estos sueros orales para hidratación no se mezclen con alimentos o bebidas en las mismas áreas de acceso, sin advertencias claras sobre su naturaleza como medicamentos. Los establecimientos que expendan estos productos deben cumplir con la Resolución 1403 de 2007, asegurando que los medicamentos de venta libre estén almacenados por separado y que se garantice su correcta recepción y entrega al consumidor con información adecuada, para evitar eventos adversos y proporcionar información clara al usuario. Las Entidades Territoriales de Salud son responsables de verificar el cumplimiento de estas normativas.
El agua es la mejor bebida para hidratarnos
Es importante beber agua como primera fuente de hidratación, de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS)