Bogotá D. C., 11 de septiembre de 2026. El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) dispuso una ruta prioritaria para la gestión sanitaria de las donaciones internacionales, con el propósito de facilitar su ingreso oportuno, garantizar su trazabilidad y contribuir a una respuesta coordinada frente a las necesidades de la emergencia.
¿Qué deben hacer los donantes?
Las donaciones internacionales de productos competencia del Invima deberán gestionarse previamente a su ingreso al territorio nacional mediante la solicitud de Autorización Sanitaria, bajo la modalidad de donación prevista en el Decreto 1327 de 2026.
Para facilitar el trámite, tenga en cuenta los siguientes pasos:
1. Verifique si su donación aplica al régimen sanitario especial
Los productos deberán estar destinados a atender las necesidades de la Situación de Desastre de Carácter Nacional y guardar relación con las actividades de respuesta, rehabilitación o recuperación. Para medicamentos, dispositivos médicos, equipos biomédicos, reactivos de diagnóstico in vitro y APME, la necesidad y complementariedad de la donación será determinada por el Ministerio de Salud y Protección Social.
2. Diligencie el formulario de solicitud
Los interesados deberán consultar los requisitos, formatos e instrucciones vigentes en la página web del Invima. Consulta del trámite: https://www.invima.gov.co/tramites-y-servicios/grupo-autorizaciones-licencias-vuce
Para este trámite deberá diligenciarse el formato denominado “Donaciones internacionales por régimen sanitario especial declarado por el Gobierno Nacional por desastre - Decreto 1327 de 2026”, disponible en la sección de requisitos de trámites del Invima.
3. Consulte la tarifa aplicable
La tarifa se determina de acuerdo con el número de productos incluidos en la solicitud, conforme a los códigos tarifarios vigentes 4002-32, 4002-33 y 4002-34. Los valores aplicables deberán consultarse en el Manual Tarifario vigente del Invima: https://www.invima.gov.co/biblioteca/manual_tarifario_ayuda-al-usurio_2026-v3xlsx
4. Radique su solicitud
La solicitud deberá radicarse a través de la Oficina Virtual del Invima, con:
• Formulario debidamente diligenciado
• Documentación soporte requerida
• Anexos que correspondan de acuerdo con la naturaleza de los productos.
Nota: realice el pago de la tarifa correspondiente por medio de la plataforma virtual al momento de la radicación: https://app.invima.gov.co/oficina-virtual-update/atencion-al-ciudadano/index.php?a=add&category=17
La solicitud deberá presentarse antes del ingreso de la carga al país, con el fin de permitir la evaluación sanitaria correspondiente y evitar reprocesos.
5. Espere la evaluación y respuesta del Invima
Una vez recibida la documentación completa, legible y conforme con los requisitos aplicables, el Invima realizará la verificación y evaluación sanitaria correspondiente. En el marco de las acciones de atención prioritaria asociadas a la Situación de Desastre de Carácter Nacional, el Instituto emitirá respuesta en un plazo máximo de 24 horas.
Este plazo estará sujeto a que la solicitud, la información y los documentos soporte se encuentren completos, sean legibles y permitan realizar oportunamente la evaluación sanitaria correspondiente.
Para tener en cuenta
La Autorización Sanitaria no sustituye las formalidades aduaneras ni las competencias de la DIAN y de las demás autoridades competentes.
Para información y orientación relacionada con el trámite de donaciones internacionales, escribir al correo: importacionesdcd@invima.gov.co
El Invima reitera su compromiso con la atención oportuna, segura y coordinada de las donaciones internacionales destinadas a la atención de la Situación de Desastre de Carácter Nacional.