Información Técnica
Estado de Certificación
Vigente
Número de Resolución
2024000430
Concepto Corto
Cumple
Concepto Detallado
Cumple con las buenas practicas de manufactura farmaceutica, para el proceso de acondicionamiento secundario etiquetado/desetiquetado, estuchado/desestuchado, codificado, colocacion y/o retiro de insertos y stickers, termosellado de seguridad y termoencogido de medicamentos esteriles y no esteriles en todas las formas farmaceuticas que requieran y no requieran areas especiales de manufactura y que no requieren cadena frio, para etiquetado/desetiquetado estuchado/desestuchado, codificado, colocacion y/o retiro de insertos y stickers, termosellado de seguridad y termoencogido de productos fitoterapeuticos en todas sus formas farmaceuticas que no requieran cadena de frio y etiquetado/desetiquetado, estuchado/desestuchado, codificado, colocacion y/o retiro de insertos y stickers, termosellado de seguridad y termoencogido de suplementos dietarios todas sus formas farmaceuticas y que no requieren cadena de frio.
Notas aclaratorias
1. comunes: son principios activos no antibioticos (betalactamicos y no betalactamicos), no sustancias endocrinas de tipo sexual (androgenos y estrogenos) y sus precursores, no hormonales no sexuales, no antineoplasicos, no inmunosupresores, no radiofarmacos y no biologicos.
2. producto fitoterapeutico: es el producto medicinal empacado y etiquetado, cuyas sustancias activas provienen de material de la planta medicinal o asociaciones de estas, presentado en estado bruto o en forma farmaceutica que se utiliza con fines terapeuticos. tambien puede provenir de extractos, tinturas o aceites. no podra contener en su formulacion principios activos aislados y quimicamente definidos. los productos obtenidos de material de la planta medicinal que haya sido procesado y obtenido en forma pura no seran clasificados como producto fitoterapeutico.
3. suplemento dietario: es aquel producto cuyo proposito es adicionar la dieta normal y que es fuente concentrada de nutrientes y otras sustancias con efecto fisiologico o nutricional que puede contener vitaminas, minerales, proteinas, aminoacidos, otros nutrientes y derivados de nutrientes, plantas, concentrados y extractos de plantas solas o en combinacion.
4. el anterior concepto técnico, autoriza únicamente los procesos de acondicionamiento secundario de los medicamentos, en todas sus formas farmacéuticas que requieran o no requieran áreas especiales de manufactura y que no requieren cadena de frio y de productos fitoterapéuticos y suplementos dietarios en todas sus formas farmacéuticas y que no requieren áreas especiales ni cadena de frio.
5. todo cambio crítico que se haga y afecte las condiciones evaluadas y certificadas durante la presente auditoria, respecto a equipos, áreas, procesos productivos, personal técnico (director técnico) o de las empresas con las que se contrató la realización de actividades de producción y control de calidad, deberán ser notificados al invima con el fin de que éste evalúe y verifique si se requiere una visita de ampliación o verificación del concepto técnico emitido, de acuerdo con las disposiciones de la normatividad sanitaria correspondiente, so pena de las acciones a que haya lugar.
Ubicación
Dirección
Km 1Via Siberia – Funza, Zona Franca Permanente Intexzona Lote 55
Ciudad
COTA
Departamento
CUNDINAMARCA
País
COLOMBIA
Fechas Clave
Fecha Última Visita
12/12/2023
Fecha Expedición Última Resolución
09/01/2024
Fecha Vencimiento Certificación
31/01/2027